Resolución N° 2401/00
Nro de Expediente:
4113-004988-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
10/7/2000


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Admitir condicionado obras Felipe Carapé 4478.-

Montevideo, 10 de Julio de 2000.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-004988-99, se solicita regularizar las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 148.170, sito con frente a la calle Felipe Carapé Nº 4478, según gráficos de la Arq. Beatríz Mariño;
        RESULTANDO: 1º) que la Comisión Especial Permanente del Prado informa que: a) mediante inspección se pudo comprobar un marcado deterioro de la cuadra dado la inadecuada presentación de propaganda de los comercios frentistas, la falta de mantenimiento de pavimento de veredas y la carencia de acondicionamiento de las áreas de retiro frontal; b) las presentes obras, con destino a supermercado, hacen que se exceda en el porcentaje de ocupación admitido para la zona y cuestionando la posibilidad de su regularización y c) a pedido de esta Comisión se han realizado mejoras en el área de retiro y veredas, ampliándose las áreas enjardinadas del retiro, por lo que puede autorizarse con carácter precario y revocable;
        2°) que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) se excede el área máxima admitida de ocupación del suelo en un 25,53 % y ubica estacionamientos en la vereda y b) por lo expuesto puede admitirse condicionado a las prestaciones que correspondan;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia autorizar el uso de 5 lugares de estacionamiento en la acera, destacando que por expediente Nº 4711-000558-97 el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa favorablemente;
        4º) que la División Gestión Comercial fijó, por concepto de uso del espacio público, una tasa mensual de 2 U.R.;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar a la regularización de las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 148.170, sito con frente a la calle Felipe Carapé Nº 4478, que según gráficos de la Arq Beatríz Mariño del Permiso de Construcción Nº 4113-004988-99, se excede el área máxima de ocupación del predio y se utiliza la acera para 5 lugares de estacionamiento de vehículos.-
        2º.- Tolerar su mantenimiento con carácter precario y revocable, condicionado al pago de la tasa mensual de 2 U.R. (dos unidades reajustables).-
        3º.- Disponer que el Servicio de Contralor de Edificaciones deje constancia en forma destacada en los gráficos y junto al sello de aprobación del mencionado Permiso de Construcción de lo resuelto en los numerales 1º y 2º del presente acto administrativo.-
        4º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente, de Recursos Financieros y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-