Resolución N° 151/18/4000
Nro de Expediente:
2016-4711-98-000015
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/7/2018


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Se deja sin efecto la Resolución Nº 243/15/4000 del 12/V/15 que autorizó con carácter precario y revocable, la viabilidad de uso del establecimiento destinado a cooperativa de transporte de encomiendas, ubicado en el predio empadronado con el Nº 9.928, sito con frente a la Avda. Gral. Rondeau Nº 2355.-

Montevideo, 19 de Julio de 2018.-
 
        VISTO: que COTRALI solicitó autorización para instalar el establecimiento destinado a cooperativa de transporte de encomiendas, ubicado en el predio empadronado con el Nº 9.928, sito con frente a la Avda. Gral. Rondeau Nº 2355;
        RESULTANDO: 1º) por Resolución Nº 243/15/4000 del 12/V/15 y su modificativa Nº 302/16/4000 del 18/VIII/16 se autorizó con carácter precario y revocable, la viabilidad de uso del establecimiento antes mencionado;
        2º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) el establecimiento no presentó la solicitud de habilitación comercial en los plazos reglamentarios y b) por lo expuesto, propicia dejar sin efecto la resolución antes mencionada;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que corresponde dictar resolución en tal sentido;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 243/15/4000 del 12/V/15, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2º.- Comuníquese al Municipio C, a las Divisiones Tránsito y Limpieza, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 16, de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, de Ingeniería de Tránsito, de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental, a la Unidad de Logística y pase al Servicio Contralor de la Edificación para su notificación.

Arqta. Silvana Pissano, Directora General.-