Resolución N° 905/00/4000
Nro de Expediente:
3240-007781-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
6/7/2000


Tema:
IMPEDIR FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO

Resumen:
Impedir funcionamiento depósitos y venta de materiales de demolición, Demoliciones Carrara S.R.L.-

Montevideo, 6 de Julio de 2000.-
 
        VISTO: los establecimientos destinados a depósito y venta de elementos procedentes de demoliciones, propiedad de Demoliciones Carrara S.R.L.;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 734/98 del 9/VI/98 y su modificativa Nº 811/99/4000 se otorgó un plazo de 180 días para el mejoramiento del local existente en la Avda. Gral. Flores Nos. 2302/10, intimándose la remoción de los existentes en la calle Blandengues Nº 1618, Libres Nos. 1642 y 1556/58
        2º) que por Resolución N° 811/99/4000 se dispuso impedir el funcionamiento de los establecimientos ubicados en las calle Blandegues N° 1618, Libres N° 1642 y Avda. Gral. Flores Nos. 2302/10;
        3°) que por Resolución Nº 897/99/4000 del 19/V/99 se suspende por el término de 30 días la clausura del local de ventas ubicado en la Avda. Gral. Flores N° 2302 esquina Libres, para determinar en ese lapso los compromisos que deberá asumir para el traslado de los locales de depósito de materiales;
        4º) que la Junta Local Zona Nº 3 el 13/VI/00 informa que: a) el local de la Avda. Gral. Flores Nos. 2302/10 será solamente de exposición y ventas en las condiciones que los técnicos indiquen, atento a que las mejoras realizadas no se ajustan a los requerimientos realizados a la Empresa y b) los restantes locales deberán clausurarse dado que no se cumplieron los plazos otorgados para su traslado por incompatibilidad de los mismos en la zona;
        CONSIDERANDO: 1º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones comparte lo aconsejado;
        2º) que por Resolución Nº 680/95 del 21/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad entre otras de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran razones urgentes de salubridad, fallas constructivas, etc., debidamente constatadas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Impedir el funcionamiento de los establecimientos destinado a depósito y venta de elementos procedentes de demoliciones, propiedad de Demoliciones Carrara S.R.L., ubicados en las calles Blandengues Nº 1618, Libres Nos. 1556/59 y 1642.-
        2º.- Establecer que el funcionamiento del local sito en la Avda. Gral. Flores Nos. 2302/10 será solamente de exposición y venta, en las condiciones que los técnicos de esta Intendencia Municipal indiquen.-
        3º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local Zona Nº 3, al Servicio Central de Inspección General, para su notificación y cumplimiento de lo dispuesto en el numeral que precede y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-

ING. ALBERTO ORTEGA, Director General .-