Resolución N° 3311/99
Nro de Expediente:
3280-000347-98
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
6/9/1999


Tema:
VARIOS

Resumen:
Declaración de insalubre finca Santiago de Anca No. 1459, se encomienda a la División Jurídica a obtener orden de allanamiento y se aplica multa de 16.3569 UR a su propietario.-

Montevideo, 6 de Setiembre de 1999.-
 
      VISTO: que el Servicio de Salubridad Pública eleva estas actuaciones relacionadas con el estado de insalubridad imperante en la finca y predio ubicado en la calle Santiago de Anca No. 1459, propiedad del Sr. Carlos Schweizer;
      RESULTANDO: 1o.) que según informes inspectivos y a pesar de las intimaciones realizadas por dicho Servicio, se trata de un foco insalubre grave, que altera las condiciones higiénico-sanitarias del lugar en una zona densamente poblada;
      2o.) que en consecuencia solicita se adopten las medidas necesarias tendientes a evitar dicha situación;
      CONSIDERANDO: 1o.) que en virtud de lo expuesto correspondería: a) declarar insalubre con peligro de foco infeccioso la finca de que se trata; b) encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas de la División Jurídica la obtención de una orden judicial de allanamiento, para que se realice la limpieza y desratización correspondiente, a cargo del Servicio de Salubridad Pública; y c) aplicar una multa de 16.3569 UR al propietario de la misma, por infringir lo dispuesto en los Arts. D. 2057 y ss. del Volumen VI del Digesto Municipal;
      2o.) que la Dirección General del Departamento de Descentralización se expresa de conformidad;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Declarar insalubre con peligro de foco infeccioso la finca sita en la calle Santiago de Anca No. 1459, propiedad del Sr. Carlos Schweizer.-
      2.- Aplicar una multa de 16.3569 UR (dieciséis Unidades Reajustables con tres mil quinientas sesenta y nueve diezmilésimas) al Sr. Carlos Schweizer, con domicilio en la calle Santiago de Anca No. 1459, por infringir lo dispuesto en los arts. D.2057 y siguientes del Volumen VI del Digesto Municipal, de acuerdo a lo previsto en el art. 4o., apartado c) del Decreto No. 21.626.-
      3.- Encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas de la División Jurídica que obtenga una orden judicial de allanamiento para ingresar a dicha finca, a los efectos que el Servicio de Salubridad Pública, asistido por la División Limpieza, con la colaboración de la fuerza pública a través del Servicio Central de Inspección General y la presencia de un Escribano Público, se constituya en la misma, y proceda a la limpieza, desratización y desinfección correspondiente, cargando los gastos que demande la realización de dichos trabajos a la propiedad.-
      4.- Comuníquese a las Divisiones Salud y Limpieza, a los Servicios Central de Inspección General, Centro Comunal Zonal No. 7, de Salubridad Pública, Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Jurídica.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-