Resolución N° 191/12/5500
Nro de Expediente:
9592-002439-12
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
12/9/2012


Tema:
LEVANTAMIENTO DE CLAUSURA

Resumen:
Rehabilitar el establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle San José No. 1028, propiedad de la firma Buffet Atlántico S.R.L. R.U.T. 214422590013, condicionado a que en un plazo de 20 presente certificado de destrucción de la mercadería intervenida según Acta No. 42496.-

Montevideo, 12 de Setiembre de 2012.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 187/12/5500, de fecha 6/IX/12, se dispuso clausurar y aplicar una multa a la firma Buffet Atlántico S.R.L. R.U.T. 214422590013, propietaria del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle San José No. 1028, cuyo responsable legal es el Sr. Yan Tai Zhang, C.I. 4.060.606-4, con igual domicilio a los efectos legales, por comprobarse falta de higiene en general;
        RESULTANDO: 1o.) que el representante de la empresa con fecha 11/IX/12, solicita el levantamiento de la clausura en virtud de haber solucionado los problemas que motivaron la misma y realizado convenio por la multa aplicada, adjunta fotocopia;
        2o.) que con fecha 11/IX/12, el Sector Inspección y Tecnología Alimentaria, sugiere el levantamiento de la clausura, en virtud de que el mismo reúne las condiciones para reiniciar las actividades;
        3o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria solicita el levantamiento de la clausura, condicionado a que en un plazo de 20 (veinte) días presente certificado de destrucción de la mercadería intervenida según Acta No. 42496, lo cual es compartido por la División Salud;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3.080/10, de 12/VII/10, la señora Intendenta delegó en esta Dirección General la facultad de autorizar la rehabilitación de los establecimientos cuyo funcionamiento hubiera sido impedido por razones urgentes de salubridad, fallas constructivas y otras transgresiones a la normativa departamental vigente, una

        vez eliminadas las circunstancias que ameritaron la medida;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Rehabilitar el establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle San José No. 1028, propiedad de la firma Buffet Atlántico S.R.L. R.U.T. 214422590013, cuyo representante legal es el Sr. Yan Tai Zhang, C.I. 4.060.606-4, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución, condicionado a que en un plazo de 20 presente certificado de destrucción de la mercadería intervenida según Acta No. 42496.-
        2.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Jefatura de Policía de Montevideo; División Salud; Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Regulación Alimentaria a sus efectos.-

PROF. MARIA SARA RIBERO, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-