Resolución N° 2202/99
Nro de Expediente:
2007
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
14/6/1999


Tema:
REVOCAR CONCESION

Resumen:
Se revoca concesión de predios otorgada por Resolución N° 15.421 del 29 de mayo de 1956, a los clubes IASBO y CERROMAR,

Montevideo, 14 de Junio de 1999.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el desalojo propiciado por el grupo técnico "ad hoc" integrado por las Divisiones Tránsito y Transporte, Planificación Territorial, Vialidad, Espacios Públicos y Edificaciones, la Comisión Administradora de la Rambla Sur y la Junta Local del Centro Comunal Zonal Nº 17, respecto al predio municipal ocupado por el Club IASBO (Institución Atlética y Social Barrio Obrero), Padrón Nº 179.832, sito en la manzana delimitada por las calles Pedro Castellino, Turquía, Carlos María Ramírez y Ramón Tabárez;
        RESULTANDO: 1o.) que dicho trámite de desalojo fue cometido al Servicio de Actividades Contenciosas, por Resolución N° 33/99/5400 del 14 de mayo de 1999;
        2o.) que según informe de fecha 31 de mayo de 1999, a los clubes IASBO (Institución Atlética y Social Barrio Obrero) y CERROMAR se les otorgó en concesión precaria y revocable, por Resolución N° 15.421 de fecha 29 de mayo de 1956, el uso del aludido predio;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el aludido informe, entiende que correspondería revocar la referida concesión, previo a iniciar el juicio de desalojo que ordena la Resolución N° 33/99/5400 del 14 de mayo de 1999;
        2o.) que la División Jurídica de conformidad propicia el dictado de resolución en el sentido que se


        indica;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Revocar la Resolución N° 15.421 de fecha 29 de mayo de 1956, dejando sin efecto la concesión del uso del predio municipal Padrón Nº 179.832, sito en la manzana delimitada por las calles Pedro Castellino, Turquía, Carlos María Ramírez y Ramón Tabárez, que se confiriera a los clubes CERROMAR e IASBO (Institución Atlética y Social Barrio Obrero).-
        2º.-Comuníquese a los Departamentos de Descentralización y Acondicionamiento Urbano; y pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para notificar a los interesados y a la División Jurídica a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-