Resolución N° 70/01
Nro de Expediente:
9902-000977-00
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
8/1/2001


Tema:
PLAZOS, CONTRIBUCION Y PATENTES

Resumen:
Se dispone que el cobro del tributo de Patente de Rodados, correspondiente a la 1ra. cuota del año 2001, se efectúe a partir del 9 de enero del 2001.-

Montevideo, 8 de Enero de 2001.-
 
        VISTO: que en el mes de enero del año 2001 se iniciará el cobro de la 1ra. cuota del tributo de Patente de Rodados, correspondiente al ejercicio 2001;
        RESULTANDO: 1o.) que corresponde establecer la cronología a la cual deberán ajustarse los contribuyentes del mencionado tributo para hacer efectivo el pago;
        2o.) que es necesario determinar el porcentaje de bonificación a otorgar por pago de la totalidad del tributo al vencimiento de la 1ra. cuota;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que corresponde proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Disponer que el cobro del tributo de Patente de Rodados, correspondiente a la 1ra. cuota del año 2001, se efectúe de acuerdo al detalle que se indica en los numerales siguientes.-
        2o.- La distribución de la factura para los contribuyentes incorporados al sistema de cobranza descentralizada se realizará entre el 9 y el 22 de enero del 2001.-
        3o.- Los contribuyentes que al 25 de enero del 2001 no hubieran recibido la factura, deberán retirar la misma en el Servicio de Atención al Contribuyente (Atrio Municipal - calle Soriano), disponiendo de plazo hasta el 31 de enero del 2001, para no generar multas y recargos.-
        4o.- Los contribuyentes del tributo de Patente de Rodados que aún no han aportado dirección de envío para que les sea remitida la factura correspondiente, deberán proceder a su retiro en el Servicio de Atención al Contribuyente (Atrio Municipal - calle Soriano) del 8 al 12 de enero del 2001, venciendo las mismas el 14 de enero del 2001.-
        5o.- Los organismos públicos sujetos al pago del tributo de Patente de Rodados tendrán fecha de vencimiento el 28 de febrero del 2001.-
        6o.- Establecer que los contribuyentes del tributo de Patente de Rodados que abonen la totalidad del tributo devengado por el ejercicio 2001, dentro del plazo señalado para la 1ra. cuota, gozarán de una bonificación del 10% del monto total correspondiente.-
        7o.- Comuníquese a la División Administración Fiscal, al Servicio de Relaciones Públicas quien efectuará las publicaciones pertinentes, a los Servicios de Tesorería, Ingresos Vehiculares, Atención al Contribuyente y Gestión de Cobro de Morosos; cumplido pase al Departamento de Recursos Financieros.-
SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-