Resolución N° 679/23/1000
Nro de Expediente:
2022-5229-98-002275
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
12/6/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 38 a la empresa Arca Construcciones Ltda., responsable de la obra ubicada en la Av. Libertador Brig. Gral. Lavalleja Nº 1780, por constatación de falta de pasaje peatonal.-

Montevideo, 12 de Junio de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obra ubicada en la Av. Libertador Brig. Gral. Lavalleja N.º 1780, responsabilidad de la empresa Arca Construcciones Ltda;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informó que personal inspectivo constató la falta de 19 metros de pasaje peatonal en el lugar de referencia, labrándose Acta Nº 1775 de 21/10/2022;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto en el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos hayan sido presentados;
        3o.) que el estudio de las actuaciones insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso;
        4o.) que en tal sentido el referido Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 38 de acuerdo a lo dispuesto en los artículo D.3215 del Volumen XV del Digesto Departamental ("Planeamiento de la Edificación") y conforme a lo preceptuado en el artículo 3, numeral 3, literal A del Decreto Nº 21.626 (2 UR por metro lineal);
        5o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 34.134, de 12/4/12 y la Resolución Nº 2287/13 de 3/6/13;
        2o.) que por Resolución Nº 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaría General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 38 (unidades reajustables treinta y ocho) a la empresa Arca Construcciones Ltda., RUT 210709910010, con domicilio en la calle Benito Nardona N.º 2266, responsable de la obra ubicada en la Av. Libertador Brig. Gral. Lavalleja N.º 1780, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-