Resolución N° 958/00
Nro de Expediente:
4102-006067-97
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
20/3/2000


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Convenio IMM-DIARIO ESPAÑOL-BOTISUR S.A.-ALCARAZ S.A.-COM. VECINOS, valorización y reacondicionamiento Plazoleta Manuel Magariños Castagnos.-

Montevideo, 20 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: que la Comisión de Vecinos de la Plazoleta Manuel Magariños Castagnos, ubicada en la intersección de las calles 21 de Setiembre, Libertad y Bvar. Gral. Artigas, ha tomado iniciativa para la remodelación de dicha plazoleta;
        RESULTANDO: 1º) que en tal sentido ha solicitado la colaboración de actores privados de la zona, obteniendo respuestas de las siguientes firmas: Botisur S.A., Alcaraz S.A. y el Diario Español;
        2º) que la propuesta ha sido aprobada por la Junta Local Zona Nº 5;
        3º) que la División Tránsito y Transporte, por intermedio del Servicio de Ingeniería de Tránsito, ha realizado el correspondiente estudio de canalización de tránsito, según gráfico que luce a fs. 35 de estas actuaciones;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones, sobre la base de los estudios realizados, elaboró el correspondiente proyecto de convenio;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que la propuesta presentada contempla adecuadamente los objetivos de esta Administración, de posibilitar la concreción de mejoras en el espacio público mediante cooperación del sector privado, por lo que corresponde la aprobación del convenio respectivo;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto de Convenio a celebrarse entre esta Intendencia Municipal, la Comisión de Vecinos de la Plazoleta “Manuel Magariños Castagnos”, Botisur S.A., Alcaraz S.A. y el Diario Español:
        PROYECTO DE CONVENIO
        CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo, a los ........ días del mes de ......del año dos mil, comparecen: POR UNA PARTE la Intendencia Municipal de Montevideo, representada por ..... .............., POR OTRA PARTE: EL DIARIO ESPAÑOL, representado por Carlos Reinante Magariños con domicilio en Cerrito Nos. 551/553, POR OTRA PARTE :BOTISUR S.A. empresa propietaria del local comercial ubicado en Bvar. Gral. Artigas Nº 946 representada por Enrique Rubini con domicilio en Miguel del Corro Nº 1483, POR OTRA PARTE: ALCARAZ S.A. representada por el Dr. Jorge Vidal con domicilio en Bvar. Gral. Artigas 864 y POR OTRA PARTE: la Comisión de Vecinos de la Plazoleta “Manuel Magariños Castagnos”, representada por los Sres.: Cnel. Juan Carlos Bové, Cándida Láncara, Ing. Juan Carlos Rubini y Arq. Edgard Terdiman con domicilio a estos efectos en Miguel del Corro Nº 1483, celebran el siguiente convenio: PRIMERO: ANTECEDENTES.- I) La Comisión de Vecinos de la Plazoleta “Manuel Magariños Castagnos “ ubicada en la intersección del Bulevar Gral. Artigas, 21 de Setiembre y Libertad propuso su colaboración para obtener recursos de empresas ubicadas en la zona, con el fin de lograr la valorización y acondicionamiento de dicha plazoleta, presentando a esos efectos un proyecto de las obras a realizar. II) Dicho proyecto cuenta con la conformidad de los Servicios Gestión de Paseos Públicos e Ingeniería de Tránsito. III) La Comisión de Vecinos y los Patrocinantes han manifestado su disposición a suscribir un Convenio de Patrocinio en el marco de lo establecido en el Decreto Departamental Nº 25.398 del 19/XII/91 promulgado por Resolución Nª 7.187/91, para realizar el acondicionamiento de la plazoleta.- SEGUNDO: APORTE DE LAS PARTES.- I) El Diario Español, Botisur S.A., Alcaraz S.A. y la Comisión de Vecinos de la Plazoleta “Manuel Magariños Castagños” se comprometen a presentar todos los recaudos necesarios del proyecto, dirigir, administrar y a ejecutar a su costo, las obras según el plano y memoria adjuntos y que forman parte de este convenio; las obras y tareas referidas incluyen: los materiales necesarios, los fletes, equipos y todo implemento necesario para la correcta ejecución de los trabajos, la mano de obra y leyes sociales correspondientes. Alcaraz S.A. se compromete a contribuir a solventar el costo de las obras, con un aporte de U$S 10.000 (diez mil dólares americanos) obligándose además al mantenimiento del enjardinado de la Plazoleta, desde la finalización de las obras y durante la vigencia de este convenio. II) En cuanto a las obras, la IMM: a) brindará el asesoramiento y control necesario para el cumplimiento de las tareas acordadas; b) suministrará adoquines, y los ejemplares vegetales a plantar y c) completará el pavimento de la calzada que se amplía para aumentar el radio de giro. Asimismo, autoriza a los patrocinadores a publicitar su acción en los medios masivos de comunicación y colocar tres carteles con el logo “SEMM” en las luminarias, cuyo diseño consta en los recuadros agregados; dicha publicidad queda exonerada de pagar el Impuesto a la Propaganda; también autoriza la instalación de mesas en el área de la calle cerrada (permitiendo las mismas la libre circulación de los peatones, colocadas adecuadamente para su uso y nunca en forma de acopio; manteniéndose siempre limpio el lugar de las mismas) al propietario del comercio ubicado en la planta baja del edificio padrón Nº 131725, frentista a la plaza, sin el pago de la tasa correspondiente durante el plazo de este convenio. Se compromete a no autorizar la colocación de propaganda comercial en el espacio público relacionada con asistencia médica que no sea del “SEMM”, ni con elementos perjudiciales para la salud. Igualmente la IMM se compromete a publicitar la naturaleza del presente patrocinio. TERCERO: Plazo de ejecución. Las tareas que se indican se iniciarán en un plazo máximo de 30 (treinta) días a partir de la firma del presente convenio y deberán estar culminadas a los 120 (ciento veinte) días siguientes.- CUARTO: Responsabilidades. Los particulares asumen la responsabilidad jurídica y económica que pudiera derivarse de los actos, hechos y actividades cuya ejecución toman a su cargo por este convenio, y en especial asumen todas las responsabilidades respecto de las contrataciones que puedan efectuar con terceros y de sus consecuencias. QUINTO: Supervisión.- La IMM, por intermedio del Servicio Centro Comunal Zonal Nº5, supervisará la realización de las obras y trabajos que ejecuten los patrocinadores, aplicando los criterios generales para la conservación y actuaciones en los espacios públicos. Cualquier elemento de equipamiento ó decoración que se instale, deberá contar con la autorización de la Intendencia y con la aprobación de la ubicación, características y diseño. SEXTO: Alcance. El plazo del presente convenio es de 3 (tres) años. Las partes acuerdan desde ya que este convenio será parcialmente renovado por plazos similares para atender la vigilancia y mantenimiento de la plazoleta. Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2º.- Delegar en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de suscribir el convenio que se aprueba por el numeral que precede.-
        3º.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, de Actividades Productivas y Comerciales y de Descentralización para conocimiento de la Junta Local Zona Nº 5, a la Unidad Central de

        Planificación Municipal y pase al Departamento de Acondicionamiento Urbano.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-