Resolución N° 5529/09
Nro de Expediente:
6400-002779-07
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
21/12/2009


Tema:
PROYECTO DE DECRETO

Resumen:
Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo proyecto de decreto solicitando autorizar desde el punto de vista urbanístico, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 y D.40 (modificación cualificada) del Decreto Nº 28.242 "Plan Montevideo", a autorizar desde el punto de vista urbanístico la ampliación, en el piso 13 del bien inmueble empadronado con el Nº 420.797, ubicado con frente a la Rambla Mahatma Gandhi Nº 339, en los límites del C.C.Z. Nº 5.-

Montevideo, 21 de Diciembre de 2009.-
 
          VISTO: el presente trámite en consulta relacionado con la solicitud de tolerancia para las obras de coronamiento en el bien inmueble empadronado con el Nº 420.797, ubicado con frente a la Rambla Mahatma Gandhi Nº 339, en los límites del C.C.Z. Nº 5;
          RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Regulación Territorial informa que:
          a) se solicita tolerancia para la construcción, en el piso 13, de una portería y de un área cerrada de 57.06 m2, de uso exclusivo de la unidad 1201 (resultantes de la unificación de las unidades 1201 y 1202 del proyecto original), que supera el área de las obras de uso exclusivo originalmente aprobadas;
          b) el predio cuenta con Permiso de Construcción Nº 4113-013893-05, con fecha del 11 de noviembre de 2005, en el que se aprobaron las obras proyectadas para el piso 13 como propiedad común y uso exclusivo para las unidades 1201 y 1202, con un total entre ambas de 42.81 m2;
          c) no existe impedimento para otorgar la autorización solicitada, dado que ya se había aprobado el uso exclusivo y el aumento de área de propiedad común y uso exclusivo no sobrepasa los 60 m2, cumpliendo lo estipulado en los arts. D.162 y D.163 del Plan Montevideo, aprobado por el Decreto 28.242 del 16 de setiembre de 1998;
          2º) que la Unidad de Normas Técnicas informa que:
          a) debido a que las obras propuestas exceden el área originalmente aprobada y son posteriores a la vigencia del Decreto Nº 31.655, el cual no admite el uso exclusivo de las obras de coronamiento cerrado, correspondería la aplicación de los Arts. D. 8 y D. 40 del Plan Montevideo, por concepto de Modificación Cualificada con mayor aprovechamiento;
          3º) que el Servicio de Catastro y Avalúo realiza la tasación correspondiente, estableciendo el valor total suma de $ 173.883 (pesos uruguayos ciento setenta y tres mil ochocientos ochenta y tres);
          CONSIDERANDO: 1º) que se procedió de acuerdo a lo dispuesto en el Art. R. 84 del Volumen II del Digesto Municipal, estando el representante del propietario del citado padrón en conocimiento de que le corresponde el pago por concepto de mayor aprovechamiento, manifestando su conformidad;
          2º) que la Comisión Permanente del Plan Montevideo acuerda en promover la autorización de la solicitud como modificación cualificada con mayor aprovechamiento;
          3º) que se estima procedente solicitar anuencia a la Junta Departamental de Montevideo;
          LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:

          1. Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
          PROYECTO DE DECRETO
          ARTICULO 1º. Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 y D.40 (modificación cualificada) del Decreto Nº 28.242 "Plan Montevideo", a autorizar desde el punto de vista urbanístico la ampliación de las obras de coronamiento del edificio, en el piso 13, de uso exclusivo de la unidad 1201, que alcanzan los 53.40 m2, en el bien inmueble empadronado con el Nº 420.797, ubicado con frente a la Rambla Mahatma Gandhi Nº 339, en los límites del C.C.Z. Nº 5.-
          ARTICULO 2º. Establécese que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso ante el Servicio de Contralor de la Edificación, correspondiendo la aplicación de mayor aprovechamiento por la suma de $ 173.883 (pesos uruguayos ciento setenta y tres mil ochocientos ochenta y tres), realizándose el pago del 10 % de la suma indicada, por concepto de precio compensatorio, según las modalidades establecidas en la Resolución Nº 1066/07 de fecha 26 de marzo de 2007.-
          ARTICULO 3º. Comuníquese.-
          2. Pase a la Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I).-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-