Resolución N° 1081/23/1200
Nro de Expediente:
2023-5220-98-001145
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
31/10/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 11 a la empresa Leydon SA, por infracción al Art. D.2156.1 del Digesto Departamental, por carecer del permiso de arrendamiento para el inmueble ubicado en la Av. Luis Alberto de Herrera N.º 1361, apartamento 210.-

Montevideo, 31 de Octubre de 2023.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el inmueble ubicado en la Av. Luis Alberto de Herrera N.º 1361, apartamento 210, responsabilidad de la empresa Leydon SA, RUT 212497850016, con domicilio a estos efectos en la calle Rizal No. 3555, apartamento 1;
        RESULTANDO: 1o.) que se presentó nota ante el Servicio de Convivencia Departamental, solicitando saber si el citado inmueble tiene permiso de arrendamiento;
        2o.) que el mencionado Servicio indica que no se registran datos de la solicitud de permiso para arrendamiento del inmueble de referencia;
        3o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        4o.) que en tal sentido, el mencionado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 11 de acuerdo a lo dispuesto en el artículo D.2156.1 del Volumen VI del Digesto Departamental que establece que la ocupación de fincas, apartamentos o locales que sean objeto de contrato de arrendamiento, subarrendamiento o cesión de arriendo, cualquiera sea el destino de la locación, deberá contar con la autorización previa de la Intendencia, mediante la cual se acredite que aquellos se hallan en buen estado de higiene, salubridad, conservación y seguridad o serán sancionados con el equivalente en Unidades Reajustables a un mes de alquiler, de acuerdo al Decreto Nº 21.626, Sección II, artículo 3, numeral 2 (Régimen Punitivo);
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 34.134, de 12/4/12 y la Resolución No. 2287/13, de 3/6/13;
        2o.) que por Resoluciones Nos. 4242/20 de 1/12/20 y 570/20/1000 de 4/12/20 se delegó en el Prosecretario General las facultades de aplicar multas de hasta un monto de UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 11 (unidades reajustables once) a la empresa Leydon SA, RUT 212497850016, con domicilio a estos efectos en la calle Rizal No. 3555, apartamento 1, por carecer del permiso de arrendamiento del inmueble ubicado en la Av. Luis Alberto de Herrera N.º 1361, apartamento 210.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Dr. Daniel González, Prosecretario General.-