Resolución N° 1944/22/2000
Nro de Expediente:
2021-2230-98-001578
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
24/6/2022


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS

Resumen:
Se declara exonerado al Colón Football Club respecto a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 118.961 y 426.381, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales, por el periodo 01/01/2021 al 31/12/2022 y del pago del 75% de Tasa General, cuentas corrientes Nos. 2143971 y 1010660, por el período 01/01/2021 al 31/12/2022 y señala que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 342.822,00.

Montevideo, 24 de Junio de 2022.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por el Colón Football Club por la cual solicita la exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General, que gravan a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 118.961 y 426.381;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que a dicho padrón le corresponde un porcentaje de exoneración del 100% por concepto de impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales, por el periodo 01/01/2021 – 31/12/2022, de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/7/1991 y del 75% por concepto de Tasa General, cuentas corrientes Nos. 2173971 y 1010660, de acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 26.949 de 14/12/95 reglamentado por Res. No. 1774/96 de 24/04/96, por el período 01/01/2021 – 31/12/2022 y señala que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 342.822,00;
        2o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado, por lo que corresponde el dictado de la resolución que otorgue la exoneración solicitada;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 4244/20 de 1º de diciembre de 2020, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros, la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental, mediante Decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Colón Football Club respecto a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 118.961 y 426.381, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales, por el periodo 01/01/2021 al 31/12/2022, de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/7/1991 y del pago del 75% de Tasa General, cuentas corrientes Nos. 2143971 y 1010660, de acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 26.949 de 14/12/95 reglamentado por Res. No. 1774/96 de 24/04/96, por el período 01/01/2021 al 31/12/2022 y señala que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 342.822,00 (pesos uruguayos trescientos cuarenta y dos mil ochocientos veintidós).-
        2o.- Establecer que el interesado deberá comunicar a esta Intendencia, Servicio de Ingresos Inmobiliarios, el cambio de titularidad, extinción o modificación de cualquiera de las circunstancias o requisitos que motivaron la exoneración, dentro de los 60 días de producidos, bajo apercibimiento que comprobado por cualquier medio su extinción o modificación, se procederá al cobro del tributo retroactivamente al momento en que dejaron de cumplirse las circunstancias con la aplicación de las multas y recargos correspondientes.-
        3o.- Disponer que el interesado deberá abonar en tiempo y forma el resto de los tributos de cobro conjunto al impuesto de Contribución Inmobiliaria y los importes de Tasa General no alcanzados en la exoneración que se otorga, los que serán facturados en oportunidad del cobro de cada una de las cuotas cuatrimestrales de Contribución Inmobiliaria de cada año y en cada una de las cuotas bimensuales de Tasa General, de acuerdo al cronograma de vencimientos que se publica en la web de la Intendencia y en los medios de comunicación.
        A tales efectos, podrán suscribirse a través de la web de la Intendencia:https://montevideo.gub.uy/tramites-y-tributos/solicitud/recibir-facturas-y-avisos-de-facturacion-por-correo-electronico-0, para recibir las facturas vía e-mail o retirarlas en el Servicio de Gestión de Contribuyentes (Subsuelo - Entrada Atrio calle Soriano) en el horario de 10:15 a 15:45 o en los Centros Comunales Zonales. También podrán acceder a un duplicado de facturas a través de la web: www.montevideo.gub.uy.--
        4o.- Indicar que se deberá comunicar cualquier cambio en el domicilio electrónico a exoneraciones.inmobiliarios@imm.gub.uy.-
        5o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su notificación y demás efectos.-

Ec. Mauricio Zunino, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-