Resolución N° 41/12/1000
Nro de Expediente:
5220-003368-12
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
6/2/2012


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 28,6820, a la empresa Arosa Ltda., responsable del local destinado a Hotel, ubicado en Constituyente No. 1917.-

Montevideo, 6 de Febrero de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Hotel, ubicado en Constituyente No. 1917, responsabilidad de la empresa Arosa Ltda., RUT 21 2320200015;
        RESULTANDO: 1o.) que por Orden de Servicio No. 264449, de 13/12/11, el Servicio Central de Inspección General intimó a dicha empresa a la higienización del tanque de agua, otorgándose 10 días de plazo;
        2o.) que no habiéndose dado cumplimiento a lo intimado, el Sector Hoteles, Pensiones, Inquilinatos y Afines, sugiere la aplicación de una multa de U.R. 28,6820, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 6o. del Decreto No. 22.010, de 14/11/1984 y al amparo del Régimen Punitivo vigente, Decreto No. 21.626, de 23/4/1984;
        3o.) que el 20/1/12, la Sub Dirección del Servicio Central de Inspección General, eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3092/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;




        3o.) que la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 28,6820 (Unidades Reajustables veintiocho con 6820/10.000), a la empresa Arosa Ltda., RUT 21 2320200015, responsable del local destinado a Hotel, ubicado en Constituyente No. 1917, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 2 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

RICARDO PRATO, Secretario General.-