Resolución N° 380/01/3000
Nro de Expediente:
4112-007495-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
30/4/2001


Tema:
CLAUSURA

Resumen:
Clausurar el establecimiento destinado a venta distribución e importación de insumos agropecuarios, sita en la calle Gustavo Gallina No. 1635, propiedad de la firma URUGOL S.A. .-

Montevideo, 30 de Abril de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la denuncia presentada en el Servicio Centro Comunal Zonal No. 3, con respecto al funcionamiento del establecimiento destinado a venta distribución e importación de insumos agropecuarios, sito en la calle Gustavo Gallinal No. 1635, propiedad de la firma Urugol S.A., R.U.C. 212466050018, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que con fecha 5 de abril de 2001, el Sector Inspectivo informa que en dicho establecimiento se constató importante cantidad de deyecciones de ratas, como así también todas las bolsas con materia prima están apoyadas contra la pared y a muy poca elevación del piso;
        2o.) que de acuerdo al informe de fecha 6/IV/01, del Plan Ordenamiento Territorial dicho establecimiento no puede funcionar, por estar ubicado en zona residencial, admitiendose solamente industrias inocuas;
        3o.) que el Servicio de Salubridad Pública expresa que de acuerdo al informe precedentemente informado y atento a que el mismo está funcionando sin los debidos permisos y por ende en forma ajena al ordenamiento jurídico, correspondería su inmediata clausura;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2469/00 literal F) del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran razones urgentes de salubridad, fallas constructivas y otras transgresiones a la normativa departamental en vigencia, debidamente constatadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Impedir el funcionamiento del establecimiento, destinado a venta distribución e importación de insumos agropecuarios, sito en la calle Gustavo Gallinal No. 1635, propiedad de la firma Urugol S.A., R.U.C. 21.2466050018, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.
        2.- Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía; División Espacios Públicos y Edificaciones; Servicios de Contralor de Edificaciones y Centro Comunal Zonal No. 3; Unidad de Clausura del Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio de Salubridad Pública a sus efectos.-

SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS , Director General del Departamento de Descentralización.-