Resolución N° 91/23/5500
Nro de Expediente:
2023-9590-98-000286
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
6/7/2023


Tema:
BONIFICACION TASA BROMATOLÓGICA

Resumen:
Aprobar la bonificación con el 100 % del pago de la tasa bromatológica por concepto de habilitación y registro de 2 (dos) productos, pertenecientes a la empresa "Myriam Ekhauzer Judith", R.U.T Nº 100.707.720.016, por estar comprendidos en la Resolución Nº 4753/21 y por el Decreto Nº 37.917/21.-

Montevideo, 6 de Julio de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la nota presentada por la empresa "Myriam Ekhauzer Judith", inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 100.707.720.016;
    RESULTANDO: 1o.) que la citada empresa está ubicada en la calle La Casuarina esquina La Cinacina, Punta Ballena, Departamento de Maldonado y se encuentra registrada en dicha Intendencia con el Nro. 277.152;
    2o.) que la referida empresa solicita la bonificación del pago de la tasa bromatológica por concepto de habilitación y registro de 2 (dos) productos, según el siguiente detalle:
Nº Registro
Artículo
Fecha de Aprobación
33749/18
Barrita de Pasta de Sésamo y Chocolate
24/01/2022
33749/20
Pasta de Sésamo, Sabor Pimentón
25/04/2023
    3o.) que la Sección Registros de Productos del Servicio de Regulación Alimentaria (SRA) expresa que los productos alimentarios mencionados se encuentran amparados por el Decreto Nº 37.917/21 y su reglamentación por Resolución Nº 4753/21 de fecha 6 de diciembre de 2021;
    4o.) que además informa que la empresa está habilitada con el Nº 33.749 en el SRA, y los productos por los cuales se solicita la bonificación están habilitados y fueron registrados con posterioridad al citado Decreto, otorgándosele los números de registro que se citan en el resultando segundo;
    5o.) que la Dirección (I) del Servicio de Regulación Alimentaria solicita se bonifique a la empresa "Myriam Ekhauzer Judith" del pago de la tasa bromatológica creada por el artículo 31 del Decreto Nº 32.265 de fecha 8 de enero del 2008, y sus modificativas, por concepto de habilitación de empresa y de habilitación y registro de alimentos, a la/s empresa/s que se ajustan a la disposición prevista en el Decreto Nº 37.917/21;
    6o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad con la petición formulada;
    CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4753/21 de fecha 6 de diciembre de 2021, la señora Intendenta delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de otorgar bonificaciones de hasta un 100% (cien por ciento) del pago de la tasa bromatológica creada por el artículo 31 del Decreto Nº 32.265 del 8 de enero de 2008, y modificativas, por concepto de habilitación de empresa y de habilitación y registro de alimentos, a las empresas que se encuentren en la situación prevista en el Decreto Nro. 37.917;
    LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
    DE DESARROLLO SOCIAL EN EJERCICIO
    DE FACULTADES DELEGADAS
    RESUELVE:
    1.- Aprobar la bonificación del 100% del pago de la tasa bromatológica por concepto de habilitación y registro de productos, según el Decreto Nro. 37.917 y su reglamentación por Resolución Nº 4753/21 de fecha 6 de diciembre de 2021, a la empresa "Myriam Ekhauzer Judith", inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 100.707.720.016, respecto de los siguientes productos:
    Nº Registro
    Artículo
    Fecha de Aprobación
    33749/18
    Barrita de Pasta de Sésamo y Chocolate
    24/01/2022
    33749/20
    Pasta de Sésamo, Sabor Pimentón
    25/04/2023
    2.- Establecer que dicha empresa está habilitada con el registro Nº 33.749 en el sistema del Servicio de Regulación Alimentaria.-
    3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y de Recursos Financieros, a la División Salud, a la Unidades Central de Auditoría Interna y Central de Presupuesto, a la Unidad de Gestión Presupuestal, a la Administración de Ingresos Municipales y pase al Servicio de Regulación Alimentaria a fin de notificar a la empresa correspondiente.-

Lic. Mercedes Clara., Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-