Resolución N° 470/01
Nro de Expediente:
1060-108149-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
5/2/2001


Tema:
MULTAS

Resumen:
Proyecto Decreto Junta Dptal., imponer multa 80 U.R. MEDINA Y POSSAMAI LTDA., infracción Juan Jacobo Rousseau y Habana.-

Montevideo, 5 de Febrero de 2001.-
 
        VISTO: la infracción cometida por MEDINA Y POSSAMAI LTDA. R.U.C. 21 093078 0019 en la calle Juan Jacobo Rousseau y Habana;
        RESULTANDO: que la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana informa que: a) dicha Empresa infringió lo dispuesto en el Art. D.2241.7 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "Obras" del Digesto Municipal, por discontinuidad en la reparación de la vereda en una superficie de 16 mts.2 y b) de acuerdo a lo establecido en el mencionado artículo, correspondería aplicar una multa de 80 U.R.;
        CONSIDERANDO: que en aplicación de lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94 por multas mayores de 70 U.R. corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia Municipal para imponer una multa de 80 U.R. (ochenta unidades reajustables) a MEDINA Y POSSAMAI LTDA. R.U.C. 21 093078 0019 con domicilio en la calle Termópilas Nº 3569, por infracción a lo dispuesto en el Art. D.2241.7 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "Obras" del Digesto Municipal, por discontinuidad en la reparación de la vereda en una superficie de 16 mts.2, en la calle Juan Jacobo Rousseau y Habana.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
ING. QUIMICO PABLO BUONOMO, Secretario General (I).-