Resolución N° 84/01/5400
Nro de Expediente:
1001-020585-01
 
JURIDIC0
Fecha de Aprobación:
21/6/2001


Tema:
CESION DE CREDITOS

Resumen:
Se aprueba la Cesión de Derechos de Cobro de la Compañía Uruguaya de Transportes Colectivos Sociedad Anónima (C.U.T.C.S.A.), a favor del Banco La Caja Obrera, por la suma de U$S 1.000.000,oo.-

Montevideo, 21 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Compañía Uruguaya de Transportes Colectivos Sociedad Anónima (C.U.T.C.S.A.);
        RESULTANDO: que la misma solicita la aprobación de la Cesión de Derechos de Cobro a favor del Banco La Caja Obrera, por la suma de U$S 1.000.000,oo (dólares estadounidenses un millón), pagadero en 10 (diez) cuotas mensuales de U$$ 100.000,oo (dólares estadounidenses cien mil) cada una más intereses, a descontar del subsidio para compensar el menor precio de los boletos bonificados de estudiantes y jubilados, y de los costos del boleto institucional para uso de funcionarios de Instituciones públicas o privadas, de acuerdo a lo dispuesto en el art. R. 992, Numeral 35, Volumen VIII del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o.) que en la especie se han cumplido los extremos de derecho exigidos por el art. R. 992 ya citado, esto es, celebración del contrato por documento privado con certificación de firmas de cedente y cesionario, certificación de no existencia de embargos e interdicciones de ambas partes y constancia de que la cesión no importa novación;
        2o.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO JURIDICO
        RESUELVE:
        1o.- Aprobar la Cesión de Derechos de Cobro de la Compañía Uruguaya de Transportes Colectivos Sociedad Anónima (C.U.T.C.S.A.), a favor del Banco La Caja Obrera, por la suma de U$S 1.000.000,oo (dólares estadounidenses un millón), pagadero en 10 (diez) cuotas mensuales de U$$ 100.000,oo (dólares estadounidenses cien mil), cada una más intereses, a descontar del subsidio para compensar el menor precio de los boletos bonificados de estudiantes y jubilados, y de los costos del boleto institucional para uso de funcionarios de Instituciones públicas o privadas, de acuerdo a lo dispuesto en el art. R. 992, Numeral 35, Volumen VIII del Digesto Municipal.-
        2o.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; y pase, por su orden, a los Servicios Central de Inspección General, para notificación a los interesados y de Contabilidad General, a sus efectos.-

Dr. Arturo SPERANZA, Director General (I) del Departamento Jurídico.-