Resolución N° 608/22/1000
Nro de Expediente:
2021-5227-98-000971
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
1/8/2022


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 30, segunda reincidencia, a la empresa Cochitilia SRL, responsable del local denominado Marlon Bar por la medición de valores de decibeles por encima de lo establecido en la normativa departamental, con valores de 49 - 52 db (A) en el local de referencia.-

Montevideo, 1 de Agosto de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local denominado Marlon Bar, ubicado en Av. Sarmiento N.º 2641, responsabilidad de la empresa Cochitilia SRL;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la medición de valores de decibeles por encima de lo establecido en la normativa departamental, con valores de 49 - 52 db (A) en el local de referencia, labrándose el Acta N.º 13942 de 16/10/21;
        2o.) que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Vol. II del Digesto Departamental se otorgó vista a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que el estudio de las reincidencias insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso;
        4o.) que en tal sentido el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 30 (segunda reincidencia), por infringir lo dispuesto en el artículo 1 y siguientes del Decreto No. 17.918, de acuerdo a lo dispuesto en la Sección IX, artículo 10, numeral 14 del Decreto N.º 21.626 (Régimen Punitivo Departamental);
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 34.134, de 12/4/12 y la Resolución No. 2287/13, de 3/6/13;
        2o.) que por Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 30 (unidades reajustables treinta) segunda reincidencia, a la empresa Cochitilia SRL, RUT 216647880015, con domicilio en Av. Sarmiento N.º 2641, responsable del local denominado Marlon Bar, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2-. Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio CH, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal N.º 5 y pase al Servicio de Convivencia Departamental a sus efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-