Resolución N° 1314/01
Nro de Expediente:
4201-003801-01
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
16/4/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas de convenio a suscribirse entre la IMM y la Alianza Francesa, por el cual se cederá el uso de los espacios del edificio ubicado en la Av. 18 de Julio No. 1772, para el funcionamiento del proyecto Teatro en el Aula.

Montevideo, 16 de Abril de 2001.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Institución Alianza Francesa;
      RESULTANDO: 1o.) que a través del mismo se cederá el uso de los espacios del edificio ubicado en la Av. 18 de Julio No. 1772 para el funcionamiento del proyecto Teatro en el Aula;
      2o.) que por lo expuesto se sugiere se apruebe el proyecto de convenio que luce agregado a fs. 1 de estas actuaciones;
      3o.) que el gasto se encuentra previsto por Solicitud No. 45.216 en la suma de $ 38.418,oo;
      CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:

      1.- Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Institución Alianza Francesa, en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los días del mes de del dos mil uno, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Institución Alianza Francesa, en adelante denominada la Institución, representada por el Dr. Alfredo Iraola, C.I. No. 516.985-7, en su calidad de Vicepresidente, y por el Ingeniero Pierre Légionnet en su calidad de Secretario del Consejo Directivo, C.I. No. 2.834.364, con domicilio a estos efectos, en la Avda. 18 de Julio No. 1772, quienes acuerdan lo siguiente: CLAUSULA PRIMERA: La Institución cederá el uso de los espacios del edificio ubicado en la Av. 18 de Julio No. 1772 para el funcionamiento del proyecto Teatro en el Aula, de acuerdo al siguiente detalle:
      - Dos salones, identificados con los Nos. 8 y 9, en plano No. 3 (plantas generales) del Arq. Luis Rodríguez Tellado, cuya copia se adjunta al presente convenio.
      - Un salón a determinar para la realización de ensayos tres veces en el año, durante un mes, cuatro horas por día (días hábiles). El uso de este local será coordinado en cada caso entre la dirección de la Alianza Francesa y la dirección de Teatro en el Aula.
      - Sala de espectáculos a utilizarse para realizar funciones, tres veces a la semana, en días hábiles, dentro de una franja horaria de 09.00 a 22.00 hrs., conforme se coordine por ambas instituciones.
      CLAUSULA SEGUNDA - PRECIO: Por el uso de los locales referidos en la cláusula anterior, la IMM abonará a la Institución la cantidad de U$S 600,oo (dólares americanos seiscientos) pagaderos en una primera mensualidad a la firma del presente convenio, y las restantes a mes vencido antes del día 10 de cada mes, a partir de mayo de 2001. Dicha suma se efectivizará en pesos uruguayos de acuerdo al tipo de cambio interbancario vendedor vigente al día anterior a la fecha de pago.
      La IMM se hará cargo de todos los gastos operativos e insumos que implique la utilización de la sala, incluyendo específicamente los gastos de operador de luces, operador de sonido, maquinaria, limpieza de la sala, portero, acomodador y boletería. CLAUSULA TERCERA - PLAZO: El presente convenio entrará en vigencia a partir de su firma, y se extenderá hasta el 31 de diciembre del año en curso. CLAUSULA CUARTA: La IMM, a través del proyecto Teatro en el Aula, se compromete a utilizar la diligencia de un buen padre de familia en mantenimiento y conservación de los espacios cedidos. CLAUSULA QUINTA: Las partes pactan la mora automática, aceptando el telegrama colacionado como medio idóneo para las respectivas comunicaciones.-
      De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
      2.- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
      3.- Establecer que el gasto se encuentra previsto por Solicitud No. 45.216 en la suma de U$S 3.000,oo (dólares americanos tres mil) o su equivalente en moneda nacional $ 38.418,oo (pesos uruguayos treinta y ocho mil cuatrocientos dieciocho), con cargo al Derivado 251000 "Arrendamientos de inmuebles Contratados".-
      4.- Comuníquese a la Secretaría General, a la División Promoción y Acción Cultural, al Servicio de Prensa y Comunicación, a las Unidades de Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura, de Convenios, y Teatro en el Aula, y pase - por su orden - al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia y al Servicio de Contabilidad General.-
SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-