VISTO: el Decreto Nº 37.344 sancionado por la Junta Departamental el 12 de diciembre de 2019 y recibido por este Ejecutivo el 17 del mismo mes y año, por el cual, de conformidad con la Resolución Nº 4453/19 de 9/9/19 se incorpora en el Capítulo XI "Preparación y servicio de alimentos", Título II, Parte Legislativa del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto Departamental la Sección IV que se denominará Centros Colectivos de Elaboración, la que quedará integrada por los artículos D.1521.7 a D.1521.18, en la forma que se indica;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
Promúlgase el Decreto Nº 37.344 sancionado el 12 de diciembre de 2019; publíquese; comuníquese a la Junta Departamental, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a la Contaduría General, a las Divisiones Salud, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los Servicios de Regulación Alimentaria, de Prensa y Comunicación, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca de Jurídica y pase, por su orden, al Sector Despacho para su incorporación al Registro, a la División Información y Comunicación para adjuntar al expediente y comunicar a la Junta Departamental la constancia de publicación y a la División Asesoría Jurídica a sus efectos.-
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