Resolución N° 2557/01
Nro de Expediente:
3120-000294-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
13/7/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar proyecto de convenio a suscribirse con esta Comuna y la Institución Juventud para Cristo, relacionada con la recuperación y mantenimiento de espacios verdes y la capacitación e inserción laboral de jóvenes comprendidos dentro del área de la Región Este.-

Montevideo, 13 de Julio de 2001.-
 
        VISTO: que la Comisión de Juventud eleva estas actuaciones tendientes a la firma de un Convenio con la Institución Juventud Para Cristo;
        RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue el desarrollo de una nueva etapa del Programa Girasoles, cuyo objetivo es la recuperación y mantenimiento de espacios verdes, capacitación e inserción laboral de jóvenes, comprendidos dentro del área correspondiente a la Región Este;
        2o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 48472;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Descentralización se expresa de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el texto de un convenio a suscribirse con la Institución Juventud Para Cristo, en los siguientes términos: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los días del mes del año dos mil uno, POR UNA PARTE, la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por , con domicilio en esta ciudad en la Av. 18 de Julio No. 1360, y POR OTRA PARTE, la Institución Juventud Para Cristo, en adelante la Institución, representada por con domicilio en la .................., convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: OBJETO: Las partes acuerdan poner en funcionamiento y gestionar el Programa Girasoles, que tiene como objetivo la recuperación y mantenimiento de espacios verdes y la capacitación e inserción laboral de jóvenes, comprendido dentro del área correspondiente a la Región Este. SEGUNDO: INSTRUMENTACION: En dicho Programa trabajarán 10 (diez) jóvenes vinculados a las Institución que cumplirán sus tareas de lunes a viernes en jornadas de 4 (cuatro) horas diarias labor. La Institución se hará cargo de las tareas que se realizarán en un período de 6 ( seis) meses a partir de la firma del presente Convenio. Los trabajos a realizar consisten en la recuperación de la Plaza Rosario de Santa Fé ( Servicio Centro Comunal Zonal No. 7); Plaza Zaragoza ( Servicio Centro Comunal Zonal No. 6) y la Plaza del Barrio Transatlántico ( Servicio Centro Comunal Zonal 10); y el mantenimiento del Parque Marcos Sastre ( Servicio Centro Comunal Zonal No. 9); Plaza de las Carretas ( Servicio Centro Comunal Zonal No. 9); Plaza Artilleros Orientales ( Servicio Centro Comunal Zonal No. 10); Plaza de Aparicio Saravia entre Iraoa y Enrique Castro ( Servicio Centro Comunal Zonal No. 11); Plaza General Flores y León Pérez y la Plaza de Juegos San Martín y Gustavo Volpe ( Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 11).- TERCERO: OBLIGACIONES DE LA INSTITUCION: Será responsabilidad de la Institución: a) la realización de los trabajos detallados en los plazos acordados; b) realizar las tareas de difusión y sensibilización en la zona de impacto del proyecto; c) el seguimiento educativo de los jóvenes; d) la capacitación en jardinería, albañilería y la orientación y ocupacional de los jóvenes; e) buscar alternativas de continuidad en el proceso de inserción de los jóvenes y en el mantenimiento de los espacios; f) proveer los insumos necesarios para realizar los trabajos; g) inscribir en el Banco de Previsión Social, DISSE, y Banco de Seguros del Estado a los jóvenes participantes y h) presentar informe de lo actuado y rendición de cuentas a los 3 (tres) meses de iniciado el proyecto y al finalizar el período. CUARTO: OBLIGACIONES DE LA INTENDENCIA: La Intendencia se compromete: a) suministrar las herramientas de jardinería y la vestimenta adecuada para los jóvenes y b) suministrar los árboles, arbustos, flores, juegos y maquinaria necesarios para la realización de los trabajos. QUINTO: La Intendencia transferirá a la Institución la suma de $ 279.080,oo ( pesos uruguayos doscientos setenta y nueve mil ochenta), correspondiente al rubro-extrapresupuestal No. 4534, en 6 (seis) partidas mensuales, la primer partida de $ 57.245,oo ( pesos uruguayos cincuenta y siete mil doscientos cuarenta y cinco) la segunda, tercera y quinta , serán de $ 33.960,oo ( pesos uruguayos treinta y tres mil novecientos sesenta), la cuarta será de $ 55.245,oo ( pesos uruguayos cincuenta y cinco mil doscientos cuarenta y cinco) y la sexta de $ 64.710,oo ( pesos uruguayos sesenta y cuatro mil setecientos diez).- SEXTO: SEGUIMIENTO: La Intendencia a través de la Comisión de Juventud, Unidad de Areas Verdes y los Servicios Centro Comunal Zonal Nros. 6, 7, 9, 10 y 11, realizará el seguimiento del Programa y la supervisión técnica de los trabajos, a los efectos de comprobar el cumplimiento de los puntos contenidos en este Convenio. SEPTIMO: INCUMPLIMIENTO: Cualquiera de las partes podrá rescindir este Convenio en caso de incumplimiento. Para constancia y como prueba de conformidad las partes firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; Divisiones Salud y Programas Sociales y Región Este; Servicios Centro Comunal Zonal Nro. 6, 7, 9, 10 y 11; Relaciones Públicas; Escribanía; Prensa y Comunicación; Unidades de Areas Verdes; Convenios; Central de Presupuesto y Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase -por su orden- al Servicio de Contabilidad General y a la Comisión de Juventud.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-