Resolución N° 1329/01
Nro de Expediente:
9590-006953-00
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
16/4/2001


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la firma PRECIADOS S.A., contra la Resolución No. 1436-00-3000 del 5 de octubre de 2000, dictada por la Dirección General del Departamento de Descentralización, en ejercicio de facultades delegadas.-

Montevideo, 16 de Abril de 2001.-
 
      VISTO: el recurso de reposición, interpuesto por la firma PRECIADOS S.A., contra la Resolución No. 1436-00-3000 del 5 de octubre de 2000, dictada por la Dirección General del Departamento de Descentralización, en ejercicio de facultades delegadas;
      RESULTANDO: 1º) que por dicha Resolución se dispuso aplicar a la reclamante, una multa de 54 U.R. (cincuenta y cuatro unidades reajustables), por infringir lo dispuesto en el Art. D. 896 Lit. "a" del Vol. VI del Digesto Municipal, al constatarse en la inspección practicada en el Stand de España ubicado en la rural del Prado, la existencia de mercadería expendida por esa empresa, vencida y reetiquetada;
      2º) que la compareciente reconoce la infracción, pero manifiesta que la multa es excesiva, en cuanto es la primera vez que es multada, que la mercadería en situación irregular es de escaso valor y que no está en mal estado, permaneciendo aún en sus depósitos sin que haya sido retirada para su destrucción;
      CONSIDERANDO: 1º) que superando los defectos formales del accionamiento, el dictamen de fs. 5, hace caudal del informe vertido a fs.3, en el que se indica que la sanción aplicada se ajusta a la normativa vigente, por lo que el acto resistido debería ser ratificado, asimismo expresa que en cuanto al decomiso de la mercadería debería comunicársele a la recurrente que tiene que realizar el trámite establecido por la Resolución Nº 460 de fecha 18 de setiembre de 2000, del Servicio de Regulación Alimentaria;
      2º) que la División

      Jurídica estima que debe dictarse resolución en el sentido indicado;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1º.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la firma PRECIADOS S.A., contra la Resolución No. 1436-00-3000 del 5 de octubre de 2000, dictada por la Dirección General del Departamento de Descentralización, en ejercicio de facultades delegadas.-
      2º.- El precitado Departamento remitirá testimonio de la referida resolución, con la constancia de que se trata de un acto administrativo firme, al Departamento de Recursos Financieros, para gestionar el cobro ejecutivo de la multa impuesta.-
      3º.- Encomendar al citado Departamento que notifique a la recurrente que en cuanto al decomiso de la mercadería en infracción, debe realizar el trámite establecido por la Resolución Nº 460 de fecha 18 de setiembre de 2000, del Servicio de Regulación Alimentaria.-
      4º.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para la notificación correspondiente y al Departamento de Descentralización, a los fines previstos en los numerales segundo y tercero de la presente.-.-
SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-