Resolución N° 1809/00/3000
Nro de Expediente:
4360-011946-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
29/12/2000


Tema:
MULTAS SALUBRIDAD

Resumen:
Aplicar una multa al Sr. Demetrio Rotela, sito en la calle Duque de los Abruzos No. 635, por falta de higiene.-

Montevideo, 29 de Diciembre de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la infracción a lo dispuesto en el Art. D.2.159 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal, comprobada por el Servicio de Salubridad Pública en la finca, sita en la calle Duque de los Abruzos No. 635, cuyo responsable es el Sr. Demetrio Rotela, C.I 873.968-7, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que con fechas 28/VIII/00, 13/X/00 y 21/X/00, se intimó al titular de obrados para que procediera a la limpieza total y permanente así como también a la desratización pertinente, bajo apercibimiento de la aplicación de una multa de U.R. 16,3569 ;
        2o) que en inspección realizada con fecha 13/XII/00 se pudo comprobar que no se dio cumplimiento a lo intimado por lo que correspondería la aplicación de la sanción, de acuerdo con lo determinado en el Art. 4o., numeral c) del Decreto No. 21.626 y Resolución No. 5.830/88 del 14 de julio de 1988;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas de hasta U.R. 55 ;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Aplicar una multa de U.R. 16,3569 ( Unidades Reajustables dieciséis con tres mil quinientas sesenta y nueve diezmilésimas) al Sr. Demetrio Rotela, C.I. 873.968-7, sito en la calle Duque de los Abruzos No. 635 con igual domicilio a los efectos legales, por infringir lo dispuesto en el Art. D. 2.159 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal.-
        2. Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3. Comuníquese a los Servicio de Salubridad Pública y Central de Inspección General para la notificación a la infractora; Unidad Multas del Servicio de Gestión Cobro de Morosos y pase al Departamento de Descentralización.-

SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS , Director General del Departamento de Descentralización.-