Resolución N° 3833/99
Nro de Expediente:
6370-004280-99
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
12/10/1999


Tema:
EXPROPIACIONES

Resumen:
Se aprueba tasación practicada por la Unidad de Expropiaciones, estimada en la suma de U.R. 310,15, para la indemnización que corresponde pagar por la expropiación parcial del inmueble padrón No. 46.726.

Montevideo, 12 de Octubre de 1999.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la expropiación parcial del inmueble empadronado con el No. 46.726, afectado por las obras "Red de colectores de aguas negras y pluviales del Barrio Conciliación" y obras anexas;
        RESULTANDO: 1o.) que por el Decreto No. 28.770 de fecha 2 de setiembre de 1999, la Junta Departamental de Montevideo, facultó a la Intendencia Municipal, a proceder a la expropiación del mencionado predio, siendo promulgado dicho Decreto por Resolución No. 3.404/99 de fecha 13 de setiembre de 1999;
        2o.) que por Resolución No. 335/99, de fecha 16 de setiembre de 1999, se dispuso la expropiación correspondiente;
        3o.) que la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento expresa, que el área a expropiar, es de 3.158 mc., según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Andrés Dibarboure de fecha 28 de julio de 1999, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, con el No. 32.238, el día 29 de setiembre de 1999;
        4o.) que la mencionada Unidad informa, que con fecha 17 de setiembre de 1999 se recibió el informe de la tasación practicada por la Unidad de Expropiaciones de la División Planificación Territorial, la que expresa que de acuerdo a las actuales características el valor total del área afectada asciende a la suma de $ 60.000,oo, equivalentes a U.R. 310,1416, habiéndose tomado la Unidad Reajustable vigente al mes de setiembre de 1999 a $ 193,46;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 32.100, por la suma de $ 60.128,78, aplicándose la Unidad Reajustable al mes de octubre de 1999 a $ 193,87;
        2o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en que se apruebe la tasación practicada, a efectos de poder contar con el bien en forma inmediata;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar la tasación practicada por la Unidad de Expropiaciones de la División Planificación Territorial, estimada en la suma de TRESCIENTAS DIEZ UNIDADES REAJUSTABLES CON MIL CUATROCIENTAS DIECISEIS DIEZMILESIMAS (310.1416 U.R.) equivalentes a PESOS URUGUAYOS SESENTA MIL CIENTO VEINTIOCHO CON SETENTA Y OCHO CENTESIMOS ($ 60.128,78 al mes de octubre de 1999), para la indemnización que corresponde pagar, a la Sra. María del Huerto Campiotti, C.I. 743.642-8, por la expropiación parcial del inmueble empadronado con el No. 46.726, afectado por las obras "Red de colectores de aguas negras y pluviales del Barrio Conciliación" y obras anexas.
        2o.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Unidad Central de Planificación Municipal y a la División Planificación Territorial y pase a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento para la notificación de la propietaria y en caso de obtenerse su conformidad, tramite estas actuaciones al Servicio de Contabilidad General para la intervención del gasto y posterior devolución a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento a fin de proceder a la escrituración simultánea con el libramiento de la orden de pago, fijándose un plazo de quince

        (15) días para la desocupación del inmueble bajo apercibimiento de procederse al lanzamiento de los ocupantes, a cualquier título, en el plazo de treinta (30) días.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-