Resolución N° 2382/99/2000
Nro de Expediente:
1001-017564-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
14/7/1999


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Se exonera a la Administración Nacional de Educación Pública -Consejo Directivo Central (ANEP), del pago de las tasas que se cobran en forma conjunta con el impuesto de Contribución Inmobiliaria, a partir del ejercicio 1998 y del pago de la Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 75.250.

Montevideo, 14 de Julio de 1999.-
 
      VISTO: lo dispuesto por el Decreto No. 28.639 del 17 de junio de 1999, promulgado por Resolución No. 2452/99 del 5 de julio de 1999, por el cual de conformidad con la Resolución No. 1864/99 del 24 de mayo de 1999, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la Administración Nacional de Educación Pública -Consejo Directivo Central (ANEP), del pago de las tasas que se cobran en forma conjunta con el impuesto de Contribución Inmobiliaria, a partir del ejercicio 1998 y del pago de la Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 75.250, a partir del mes de noviembre de 1997, estableciendo que la exoneración que se promueve se mantendrá en tanto ANEP, continúe siendo propietaria del inmueble. ANEP deberá dar conocimiento a la I.M.M. en caso de ceder el uso del bien a terceros;
      CONSIDERANDO: que por Resolución No. 580/95 del 20 de febrero de 1995, el Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
      EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
      FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
      RESUELVE:
      1o.- Exonerar a la Administración Nacional de Educación Pública -Consejo Directivo Central (ANEP), del pago de las tasas que se cobran en forma conjunta con el impuesto de Contribución Inmobiliaria, a partir del ejercicio 1998 y del pago de la Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 75.250, a partir del mes de noviembre de 1997, estableciendo que la exoneración que se promueve se mantendrá en tanto ANEP, continúe siendo propietaria del inmueble. ANEP deberá dar conocimiento a la I.M.M. en caso de ceder el uso del bien a terceros.-
      2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-