Resolución N° 108/13/1500
Nro de Expediente:
4600-000158-13
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
12/3/2013


Tema:
RESERVA DE ESPACIO

Resumen:
Conceder reserva de espacio al Orpheo Express Hotel, en la calle Andes, frente al Nº 1449, en una longitud de 15 metros, para su uso todos los días, sin límite de horario.

Montevideo, 12 de Marzo de 2013.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por la Asociación de Hoteles Restaurantes del Uruguay (AHRU), tendiente a obtener una reserva de espacio para el Orpheo Express Hotel, en la calle Andes, frente al Nº 1449, en el marco del nuevo Convenio suscripto por Resolución Nº 3979/11 del 29/08/11, entre esta Intendencia y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (AHRU);
        RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Gestión de Estacionamiento Tarifado informa que, habiéndose inspeccionado el lugar, se podrían otorgar 15 (quince) metros de reserva de espacio, en la calle Andes, frente al Nº 1449;
        2º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito avala lo expresado anteriormente;
        3º) que de acuerdo con lo dispuesto en el Art. R.424.122, literal e), del Volumen V "Tránsito y Trasporte" del Digesto, la peticionante está exonerada del pago del costo mensual, en virtud del convenio antes mencionado;
        CONSIDERANDO: 1º) que la División Tránsito y Trasporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111 numeral 10), del Volumen V "Tránsito y Trasporte" del Digesto;
        2º) que por Resolución Nº 3087/10 del 12 de julio de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección del Departamento de Movilidad la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Conceder reserva de espacio al Orpheo Express Hotel, en la calle Andes, frente al Nº 1449, en una longitud de 15 (quince) metros, para su uso todos los días, sin límite de horario.
        2.- La misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará para estacionamiento de vehículos, estando exonerada del pago de las tarifas previstas, en virtud del Convenio suscripto por Resolución Nº 3979/11 del 29 de agosto de 2011, entre esta Intendencia y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (AHRU).
        3.- El interesado deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a efectos del cese respectivo.
        4.- Comuníquese al Municipio B, a la División Turismo, al Servicio de Vigilancia y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.

GERARDO URSE, Director General del Departamento de Movilidad.-