Resolución N° 1998/99/4000
Nro de Expediente:
3340-002730-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/12/1999


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Colocación Papa Noel Avda.Eugenio Garzón entre Nºs.1907 y 1909,Centro Comercial e Industrial Colón.-

Montevideo, 8 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: la solicitud del Centro Comercial e Industrial Colón y Zonas Adyacentes para que se le autorice la colocación de un "PAPA NOEL" gigante, en la zona de Colón;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local Zona Nº 12 informa que no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, debiendo ser colocado en la Avda. Gral. Eugenio Garzón entre los Nºs. 1907 y 1909, entre la acera y la línea de edificación dejando un espacio de tres metros para la libre circulación de los transeúntes del lado de la acera, siendo de cargo del solicitante la construcción del basamento y la colocación de una columna de hierro;
        2º) que el Servicio Gestión de Paseos Públicos no tiene objeciones que oponer, responsabilizándose a la solicitante de todo deterioro que se produzca en el área de emplazamiento o a terceros como resultado de la instalación;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones comparte lo informado por el Servicio actuante;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 680/95 del 21/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar al Centro Comercial e Industrial Colón y Zonas Adyacentes, la instalación de un "PAPA NOEL", en la Avda. Gral. Eugenio Garzón entre los Nºs. 1907 y 1909, entre la acera y la línea de edificación dejando un espacio de tres metros para la libre circulación de los transeúntes del lado de la acera, sujeto a que el gestionante se responsabilice: a) de restituir el área de emplazamiento en las mismas condiciones en que se encuentra y b) frente a terceros de cualquier perjuicio que se cause con la instalación.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones para la notificación pertinente y demás efectos.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-