Resolución N° 27/02/3000
Nro de Expediente:
3400-006303-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
15/1/2002


Tema:
MULTAS HABILITACION - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12,9552 a la firma FELIX DEL SUR, propietaria del establecimiento destinado a automotora, sito en el Bvar. Batlle y Ordóñez No. 3093. (2da. reincidencia).-

Montevideo, 15 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General, relacionadas con el establecimiento destinado a automotora, sito en el Bvar. José Batlle y Ordóñez No. 3093, propiedad de la firma Félix Del Sur, R.U.C. 213476500014, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones Nos. 338/00 y 655/00/3000 de fechas 21//III/00 y 18/V/00, respectivamente), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice su funcionamiento (Habilitaciones Municipales);
        2o) que el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de U.R. 12,9552, a la firma de obrados por infracción al Decreto No. 5.332, a la Resolución No. 2.873/9, de acuerdo con el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (2da. Reincidencia);
        3o) que la División Región Oeste se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de
        aplicar multas hasta U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 12,9552 (Unidades Reajustables doce con nueve mil quinientas cincuenta y dos diezmilésimas), a la firma Félix Del Sur, R.U.C. 213476500014, propietaria del establecimiento destinado a automotora sito en el Bvar. José Batlle y Ordóñez No. 3093, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 y pase al Servicio Central de Inspección General para notificar a la firma interesada y librar testimonio correspondiente.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General (I) del Departamento de Descentralización .-