Resolución N° 3404/17
Nro de Expediente:
2017-2300-98-000070
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
4/8/2017


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Se adopta el régimen de liquidación de honorarios para los funcionarios del Servicio de Gestión de Contribuyentes que sean cesados en sus funciones producto de su renuncia para acogerse a los beneficios jubilatorios.-

Montevideo, 4 de Agosto de 2017.-
 
      VISTO: lo dispuesto en el Artículo 107º del Decreto Nº 13.131 de fecha 27 de agosto de 1964 en la redacción dada por el Artículo 46º del Decreto Nº 31.688 de fecha 30 de junio de 2006 relativo a la percepción de honorarios que pudieran haberse generado a partir de actuaciones judiciales y la Resolución Nº 1969/16 de fecha 9 de mayo de 2016 que estableció un nuevo régimen de liquidación de honorarios y reintegro de gastos administrativos para las situaciones en que el contribuyente financia la deuda de tributos y/o precios;
      RESULTANDO: 1º.) que el 7 de octubre de 2016 se suscribió un convenio entre la Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM) y ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por el cual la Intendencia aseguró un mínimo mensual de $ 450.000,oo (pesos uruguayos cuatrocientos cincuenta mil) para distribuir entre los funcionarios del Servicio de Gestión de Contribuyentes por concepto de participación en los honorarios percibidos, disminuyendo en forma gradual dicho mínimo durante la vigencia del convenio (36 meses);
      2º.) que la cláusula segunda del referido convenio dispone que las partes analizarán la situación de aquellos funcionarios que se desvinculen de la Intendencia para acogerse a los beneficios jubilatorios durante la vigencia del mismo en cuanto a los eventuales impactos que pudieran producirse en sus ingresos por la aplicación del nuevo régimen de liquidación;
      CONSIDERANDO: 1º.) que es necesario definir el tratamiento a dar a los funcionarios que se encuentran en la situación descripta precedentemente;
      2º.) que los Departamentos de Recursos Financieros y de Gestión Humana y Recursos Materiales propician el dictado de resolución al respecto;
      EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1º.- Adoptar el siguiente régimen de liquidación de honorarios para los funcionarios que sean cesados en sus funciones producto de su renuncia para acogerse a los beneficios jubilatorios y durante el régimen de vigencia del convenio suscrito el 7 de octubre de 2016 entre la Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales y ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en las siguientes situaciones:
      a) Honorarios que se encuentren en trámite de cobro como resultado de procesos judiciales en los cuales se haya concretado el remate: los referidos funcionarios percibirán el monto que les correspondiere cobrar en el momento en que se produce el cese. Dicho monto una vez que sea efectivamente cobrado por la Intendencia se descontará del total a distribuir entre el resto de los funcionarios que permanecen activos en el Servicio de Gestión de Contribuyentes, de acuerdo a los criterios de distribución habituales.
      b) Honorarios que se vayan percibiendo en cuotas mensuales: la Intendencia les abonará mensualmente la cuota parte que les hubiese correspondido cobrar a los funcionarios que cesaron en sus cargos en las condiciones que se establecen, de haber continuado activos y sobre los convenios vigentes al momento del cese. Dichos montos se deducirán mensualmente del total a ser distribuido entre los funcionarios activos.
      2º.- Lo dispuesto en el Art. 1º será también de aplicación a todos los funcionarios que, a la fecha de la presente resolución y desde la entrada en vigencia del convenio mencionado en el Art. 1º. hayan cesado para acogerse a los beneficios jubilatorios.
      3º.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y de Recursos Financieros, a la División Administración de Ingresos, a los Servicios de Gestión de Contribuyentes, de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana y de Liquidación de Haberes, a la Unidad Información de Personal, y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-