Resolución N° 914/00/3000
Nro de Expediente:
3320-001235-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
4/7/2000


Tema:
CLAUSURA

Resumen:
Clausura depósito de empresa de transporte, José María Buyos No. 4067, Granarte S.A..-

Montevideo, 4 de Julio de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a depósito de empresa de transporte, sito en la calle José María Buyos No. 4007, propiedad de Granarte S.A., R.U.C. 21.033904.0017;
        RESULTANDO: 1o) que por Resolución No. 746/99 del Servicio Central de Inspección General del 12/VII/99 se aplicaron dos multas de 6,4776 U.R. y 9,8940 U.R. respectivamente a la citada firma por no presentar la documentación habilitante del local;
        2o) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 10 informa que visto el tiempo transcurrido y pese a las prórrogas otorgadas no se ha dado cumplimiento a lo intimado, por lo que correspondería clausurar el establecimiento motivo de obrados;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 584/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran razones urgentes de salubridad debidamente constatadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Clausurar el establecimiento destinado a depósito de empresa de transporte, sito en la calle José María Buyos No. 4067, propiedad de Granarte S.A., R.U.C. 21.033904.0017, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2. Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura, notificará a la interesada que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar en el Servicio Centro Comunal Zonal No. 10 la reapertura de su comercio, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3. Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía de Montevideo, al Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausura) para la notificación correspondiente y pase al Centro Comunal Zonal No. 10.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General del Departamento de Descentralización.-