Resolución N° 106/15/0115
Nro de Expediente:
3330-008090-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/6/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de 10 U.R. al Sr. Wiliam Darío Rey, propietario del establecimiento destinado a estacionamiento de automóviles, sito en la calle Joanicó Nº 3931, por falta de habilitaciones municipales.-

Montevideo, 17 de Junio de 2015.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a estacionamiento de automóviles, sito en la calle Joanicó Nº 3931, propiedad del Sr. Wiliam Darío Rey, C.I. 1.829.886-1;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 57/VII/13 del 3 de julio del 2013, se aplicaron dos multas una de 6,447 y otra de 9,8940 U.R. por falta de habilitación municipal y de la Dirección Nacional de Bomberos;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que el certificado de la Dirección Nacional de Bomberos se encuentra vigente, pero no ha cumplido con la habilitación del Servicio de Locales, por lo que corresponde la aplicación de una multa de 10 U.R. por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (Primera Reincidencia);
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) al Sr. Wiliam Darío Rey, C.I. Nº 1.829.886-1, propietario del establecimiento destinado a estacionamiento de automóviles, sito en la calle Joanicó Nº 3931, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
ALVARO PEDRAJA,Alcalde.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal