Resolución N° 141/22/0115 | Nro de Expediente:
2019-3330-98-000514 |
MUNICIPIO D - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
5/10/2022 |
Tema:
MULTA
Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. al Sr Bernardo Werwerman, c.i. 565809-8, propietario de la finca sita en la calle García Lagos Nº 5461 bis, empadronada con el Nº 123311, con domicilio en la Avda Brasil Nº 3048 apto 501 a los efectos legales, por verter aguas servidas.-
Montevideo, 5 de Octubre de 2022.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle García Lagos Nº 5461 bis (al fondo del pasillo), empadronada con el Nº 123311;
RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Escribanía informa que los titulares registrales del padrón Nº 123311 son los Sres Bernardo, Simón, y Ruben Werwerman y la Sra Adela Boxenbaum;
2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 11 informa que el Sr Simón Werwerman y la Sra Adela Boxenbaum, se constata fallecimiento de ambos, que el Sr Ruben Werwerman no surgen datos y que el Sr Bernardo Werwerman, c.i. 565809-8, tiene domicilio en la Avda Brasil Nº 3048 apto 501, con los datos encontrados se notifica en el domicilio de Bernardo Werwerman;
3º) que se solicitó en reiteradas oportunidades al titular del bien a realizar las obras necesarias para realizar las mejoras sanitarias y el cese de vertido de aguas servidas a la finca con dirección García Lagos Nº 5461, ante el incumplimiento el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 solicitó, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 14 del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013 ;
CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;EL GOBIERNO MUNICIPAL D
RESUELVE:
1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) al Sr Bernardo Werwerman, c.i. 565809-8, propietario de la finca sita en la calle García Lagos Nº 5461 bis, empadronada con el Nº 123311, con domicilio en la Avda Brasil Nº 3048 apto 501 a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
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GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-
ANA LUISA FLEITAS,Concejal Municipal | |
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