Resolución N° 40/12/0115
Nro de Expediente:
3270-003556-99
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/7/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 6,4776 U.R. y otra de 9,8940 U.R a ONY S.A., R.U.T. 21 336769 0017, propietaria del establecimiento destinado a lavadero industrial de ropas, sito en la calle Alonso de Ercilla Nº 4068, por falta de habilitaciones.-

Montevideo, 4 de Julio de 2012.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a lavadero industrial de ropas, sito en la calle Alonso de Ercilla Nº 4068, propiedad de ONY S.A., R.U.T. 21 336769 0017;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 6,4776 U.R. y otra de 9,8940 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 6,4776 U.R. (seis unidades reajustables con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas) y otra de 9,8940 U.R (nueve unidades reajustables con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) a ONY S.A., R.U.T. 21 336769 0017, propietaria del establecimiento destinado a lavadero industrial de ropas, sito en la calle Alonso de Ercilla Nº 4068, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

RICHARD MARTINEZ,Concejal Municipal (S)