Resolución N° 65/14/0115
Nro de Expediente:
3330-022671-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/5/2014


Tema:
MULTAS HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. al Sr. Mario Ernesto Sassaro Quiriquino, C.I. Nº 1.615.706-5, propietario de la finca sita en la calle Gral. Ingnacio Oribe Nº 2767 bis Apto. 3, empadronada con el Nº 185.875, con domicilio en el Cno. Santos Dumont Nº 2491 y Cno. Maldonado Nº 4946, por falta de condiciones de habitabilidad en la vivienda.-

Montevideo, 7 de Mayo de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Gral. Ignacio Oribe Nº 2767 bis Apto. 3, empadronada con el Nº 185.875, propiedad del Sr. Mario Ernesto Sassaro Quiriquino, C.I. Nº 1.615.706-5, con domicilio en el Cno. Santos Dumont Nº 2491;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 11, solicitó en reiteradas oportunidades al titular del bien realizar las reparaciones necesarias en la finca sita en la calle Gral. Ignacio Oribe Nº 2767 bis Apto. 3º, a efectos de realizar la aislación térmica en la curbierta, impermeabilización, reparar claraboya, etc., dejando a la vivienda en condiciones de habitabilidad;
        2º) que habiéndose notificado al propietario en el Estudio Ruben Alvarez, sito en el Cno. Maldonado Nº 4946, como su administrador y en su domicilio Cno. Santos Dumont Nº 2491 y ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso a) del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) al Sr. Mario Ernesto Sassaro Quiriquino, C.I. Nº 1.615.706-5, propietario de la finca sita en la calle Gral. Ingnacio Oribe Nº 2767 bis Apto. 3, empadronada con el Nº 185.875, con domicilio en el Cno. Santos Dumont Nº 2491 y Cno. Maldonado Nº 4946, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal