Resolución N° 11/12/0115
Nro de Expediente:
3330-020127-08 3330-007614-10
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/3/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 12,9552 U.R. y otra de 19,7880 U.R. a la Sra. Jacqueline Sarotto, C.I. Nº 3:858.352-5, propietaria del establecimiento destinado a escuela de carpintería "El Amanecer", sito en la Avda. De las Instrucciones Nº 2006, por falta de Habilitación Municipal y de la Dirección Nacional de Bomberos.-

Montevideo, 7 de Marzo de 2012.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a escuela de carpintería "El Amanecer", sito en la Avda. De las Instrucciones Nº 2006, propiedad de la Sra. Jacqueline Sarotto, C.I. Nº 3:858.352-5;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas por Resoluciones Nºs. 480/09/3000 y 490/10/3000 de fechas 12/VIII/09 y 11/V/10 respectivamente, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos- 3era. Reincidencia);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que no habiendo cumplido con lo intimado sugiere la aplicación de una multa de 12,9552 U.R. y otra de 19,7880 U.R. por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 12,9552 U.R. (doce unidades reajustables con nueve mil quinientos cincuenta y dos diezmilésimas) y otra de 19,7880 U.R (diecinueve unidades reajustables con siete mil ochocientos ochenta diez diezmilésimas) a la Sra. Jacqueline Sarotto, C.I. Nº 3:858.352-5, propietaria del establecimiento destinado a escuela de carpintería "El Amanecer", sito en la Avda. De las Instrucciones Nº 2006, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CLAUDIO VAZQUEZ,Concejal Municipal