Resolución N° 2/13/0115
Nro de Expediente:
3330-013902-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/1/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 3,2388 U.R. y 4,9470 U.R. al Sr. Rudy Moreno, C.I. Nº 3:794.608-3, propietario del establecimiento destinado a puesto de venta de frutas y verduras, sito en la Avda. 8 de Octubre Nº 4135, por falta de habilitación municipal y de la Dirección Nacional de Bomberos.-

Montevideo, 9 de Enero de 2013.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a puesto de venta de frutas y verduras, sito en la Avda. 8 de Octubre Nº 4135, propiedad del Sr. Rudy Moreno, C.I. Nº 3:794.608-3, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a presentar la habilitación municipal y de la Dirección Nacional de Bomberos, que autorice el funcionamiento del referido local;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 3,2388 U.R y 4,9470 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 3,2388 U.R. (tres unidades reajustables con dos mil trescientas ochenta y ocho diezmilésimas) y 4,9470 U.R. (cuatro unidades reajustables con nueve mil cuatrocientas setenta diezmilésimas) al Sr. Rudy Moreno, C.I. Nº 3:794.608-3, propietario del establecimiento destinado a puesto de venta de frutas y verduras, sito en la Avda. 8 de Octubre Nº 4135, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALVARO PEDRAJA,Concejal Municipal