Resolución N° 14/14/0115
Nro de Expediente:
3330-010875-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/2/2014


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por Gladys Susana Caserza Hernández, María del Carmen Caserza Hernández, Juan Manuel Caserza Hernández y Elba Mary Caserza Hernández contra la Resolución Nº 105/13/0115 del 9/X/13.-

Montevideo, 5 de Febrero de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el predio empadronado con el número 72398, sito con frente a la calle Melchor Ramírez Nº 4004;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 105/13/0115 del 9/X/13, se aplicó una multa de 19,1100 U.R. y otra de 19.7880 U.R. a Gladys Caserza Hernández, con C.I. Nº 1.456.710-5, Mirta Caserza Hernández, C.I. Nº 1.317.725-6, Sonia Caserza Hernández, C.I. Nº 1.591.109-2, María Caserza Hernández, C.I. Nº 1.706.886-7, Juan Caserza Hernández, C.I. Nº 2.560.523-5 y Elba Caserza Hernández, con C.I. Nº 1.357.261-8, propietarios de dicho predio, por no haber realizado la limpieza total y permanente del mismo, así también como la construcción del cerco perimetral correspondiente;
        2º) que con fecha 6/XI/13 Gladys Susana Caserza Hernández, María del Carmen Caserza Hernández, Juan Manuel Caserza Hernández y Elba Mary Caserza Hernández presentaron recurso de reposición y apelación en subsidio contra la Resolución Nº 105/13/0115 del 9/X/13;
        3º) que la Abogada Asesora de este Municipio, informa que: a) desde el punto de vista formal dicho recurso fue interpuesto en tiempo; b) no se manifestaron agravios, atento a que los recurrentes pospusieron la fundamentación del mismo; c) se ha brindado a los propietarios amplios plazos para el cumplimiento y todas las garantías, sin que estos hayan solucionado los graves problemas de higiene reiteradamente constatados; y d) la actuación de la administración fue ajustada a derecho, por lo que se sugiere de compartirse lo expuesto, se promueva el dictado de una resolución por la cual no se haga lugar al recurso de reposición;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal entiende conveniente proveer de conformidad a lo informado;
        2º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por Gladys Susana Caserza Hernández, María del Carmen Caserza Hernández, Juan Manuel Caserza Hernández y Elba Mary Caserza Hernández contra la Resolución Nº 105/13/0115 del 9/X/13.-
        2º.- Pase a la División Asesoría Jurídica, para dictaminar en relación al recurso de apelación interpuesto en subsidio.-
ÁLVARO PEDRAJA,Alcalde (I).-

CAROLINA MURPHY,Concejal Municipal