Resolución N° 82/12/0115
Nro de Expediente:
3330-001715-11
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/11/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de 4,9470 U.R. a MIMAR ALFA LTDA., R.U.T. 21 629400 0010, propietaria del establecimiento destinado a fábrica de galletitas, sito en la calle Gobernador Viana Nº 2651, por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.-

Montevideo, 28 de Noviembre de 2012.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a fábrica de galletitas, sito en la calle Gobernador Viana Nº 2651, propiedad de MIMAR ALFA LTDA., R.U.T. 21 629400 0010, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a presentar la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 4,9470 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 4,9470 U.R. (cuatro unidades reajustables con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas), a MIMAR ALFA LTDA., R.U.T. 21 629400 0010, propietaria del establecimiento destinado a fábrica de galletitas, sito en la calle Gobernador Viana Nº 2651 con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal