Resolución N° 2/14/0115
Nro de Expediente:
0015-000090-14
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/1/2014


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas del acuerdo, entre el Gobierno Municipal D y la Asociación Civil “Barrio y Cultura”, Escenario Popular 2014.-

Montevideo, 8 de Enero de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Anfiteatro Cilíndrico;
        RESULTANDO: 1º) que la Gerencia de Eventos dependiente del Departamento de Cultura de la Intendencia de Montevideo, otorgó a la Asociación Civil “Barrio y Cultura”, los beneficios derivados de la gestión del Escenario Popular del Carnaval 2014, ubicado en el Anfiteatro Cilíndrico, al amparo de las disposiciones del Decreto Departamental Nº 33.984;
        2º) que la Abogada Asesora de este Municipio realizó el contralor del texto del acuerdo entre la precitada Asociación y este Municipio;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal dio su aval, a la instalación de un escenario popular del Carnaval 2014, en el mencionado Anfiteatro;
        2º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de
        Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar las cláusulas del acuerdo, entre el Gobierno Municipal D y la Asociación Civil “Barrio y Cultura”, en los siguientes términos: ACUERDO: En la ciudad de Montevideo, el ...... de enero de dos mil catorce, POR UNA PARTE: El ................................, en nombre y representación del Gobierno Municipal “D” (en adelante el Municipio) con sede en Avenida General Flores número 4694 de esta ciudad.- POR OTRA PARTE: Los señores: Pablo Giordano, cédula de identidad Nº 2.853.220-5, con domicilio en la calle Estanislao Vega Nº 3414 y Jorge Peraza, cédula de identidad número 1.352.143-7, con domicilio en la calle Jaime Roldós y Pons Nº 355-j, en sus calidades de Presidente y Secretario respectivamente de la Asociación Civil “Barrio y Cultura” (en adelante La Asociación), quienes expresan: PRIMERO: Antecedentes: I) La Gerencia de Eventos del Departamento de Cultura de la Intendencia de Montevideo otorgó a la Asociación Civil “Barrio y Cultura” los beneficios derivados de la gestión del Escenario Popular de Carnaval 2014,instalado en el Anfiteatro Cilíndrico de esta ciudad, al amparo de las disposiciones del Decreto número 33.984 de la Junta Departamental de Montevideo, promulgado por Resolución del 28 de noviembre de 2011 y II) Que el Gobierno Municipal “D” ha avalado como beneficiaria a la citada Asociación.- SEGUNDO: Mediante el presente instrumento "La Asociación Civil “Barrio y Cultura”: I) Utilizará el cincuenta por ciento (50%) del superávit financiero generado en el Escenario Popular durante el Carnaval 2014 para ser destinado a la Escuela María Noya números 93 y 137 y a la Escuela número 357, sita en la calle Dupart, dividido por partes iguales entre las mismas; II) Se obliga a: 1) destinar el cincuenta por ciento (50%) restante del superávit financiero generado en el Escenario Popular durante el Carnaval 2014, para realizar mejoras y arreglos de infraestructuras en el Anfiteatro Cilíndrico y 2) la firma de un Comodato Precario, hasta tanto sea resuelto el Convenio de uso definitivo del referido Anfiteatro actualmente a estudio de la Junta Departamental de Montevideo.- TERCERO: El Gobierno Municipal “D”, a través de la Comisión de Cultura, Deporte y Educación, controlará los balances confeccionados por la Asociación gestionante del escenario popular, haciendo el seguimiento correspondiente a efectos de controlar el fiel cumplimiento del presente acuerdo. En ese marco podrá, en cualquier momento, realizar auditorías de las actuaciones financieras. CUARTO: El presente acuerdo se resolverá de pleno derecho ante la constatación de irregularidades, tomándose las medidas que correspondan con los responsables. QUINTO: La mora se producirá de pleno derecho por la omisión o realización de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- SEXTO: En caso de incumplimiento de la Asociación Civil “Barrio y Cultura” y sin perjuicio de las medidas que se consideren pertinentes, el Gobierno Municipal “D” le retirará el apoyo para la programación del escenario popular para el carnaval siguiente.- SÉPTIMO: En todo lo no previsto expresamente regirán las disposiciones del Decreto No. 33.984.- Y, para constancia se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados ut-supra.-
        2º.- Establecer que se delegó en la Alcaldesa la facultad de suscribir el acuerdo que se aprueba por el numeral que precede.-
        3º.- Comuníquese a la Gerencia de Eventos del Departamento de Cultura, notifíquese a la Asociación Civil “Barrio y Cultura”, cumplido, manténgase a Despacho hasta que la Comisión de Cultura, Deporte y Educación de este Municipio realice el control del acuerdo suscrito.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

RICHARD MARTINEZ,Concejal Municipal I