Resolución N° 120/13/0115
Nro de Expediente:
3370-001280-10
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/11/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 4,8582 U.R. y otra de 7,4205 U.R al Sr. Alfonso Lorenzo, C.I. Nº 1:199.088-8, propietario del establecimiento destinado a depósito de tablas, sito en la calle Santiago Figueredo Nº 4288, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 13 de Noviembre de 2013.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a depósito de tablas, sito en la calle Santiago Figueredo Nº 4288, propiedad del Sr. Alfonso Lorenzo, C.I. Nº 1:199.088-8;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada por Resolución Nº 89/12/0115 del 12/XII/12, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos - 1era. Reincidencia);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 4,8582 U.R. y otra de 7,4205 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII y los Arts. 21º y 22º del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 4,8582 U.R. (cuatro unidades reajustables con ocho mil quinientas ochenta y dos diezmilésimas) y otra de 7,4205 U.R (siete unidades reajustables con cuatro mil doscientas cinco diezmilésimas) al Sr. Alfonso Lorenzo, C.I. Nº 1:199.088-8, propietario del establecimiento destinado a depósito de tablas, sito en la calle Santiago Figueredo Nº 4288, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALVARO PEDRAJA,Concejal Municipal