Resolución N° 26/13/0115
Nro de Expediente:
0015-004680-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/4/2013


Tema:
REITERAR GASTO

Resumen:
Reiterar el gasto de U$S 300.000, referente al llamado a Licitación Pública Nº 266219/1, para la compra de un inmueble con destino a sede del Municipio D, adjudicada a Rogelio Martinelli S.A, por Resolución Nº 85/12/0115 del 12/XII/12, solicitar a la Sra. Intendenta de Montevideo propiciar anuencia a la Junta Departamental.-

Montevideo, 3 de Abril de 2013.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a Licitación Pública Nº 266219/1, para la compra de un inmueble con destino a sede del Municipio D;
          RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 85/12/0115 del 12/XII/12, se adjudicó a Rogelio Martinelli S.A, la adquisición del inmueble Padrón Nº 422.375, sito con frente a la Avda. Gral. Flores Nº 4750, para el destino mencionado, de acuerdo a las condiciones que rigió el citado llamado, por la suma total de U$S 300.000;
          2º) que en dictamen de fecha 9/I/13 el Tribunal de Cuentas de la República observó el gasto por no constar el cumplimiento al Art. 36 de la Ley Nº 9.515, en tanto prescribe que compete a la Intendenta adquirir terrenos y edificios para oficinas, con anuencia de la Junta Departamental por dos tercios y haberse realizado imputación sin haber crédito disponible, contraviniendo lo dispuesto en el Art. 15 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF);
          3º) que el Servicio de Compras con fecha 23/I/13 solicito el envio de estas actuaciones para su consideración;
          CONSIDERANDO: 1º) que con respecto al primer punto de la observación, la División Asesoría Juridica con fecha 22 de marzo del presente año informa, que desde hace un par de años se asumió el criterio de que la realización de los procedimientos competitivos de contratación previstos en el T.O.C.A.F, (como la licitación pública), en tanto suponen un conjunto de garantías respecto a la transparencia de las contrataciones y a la ejecución presupuestal consiguiente habían operado la derogación tácita de la instancia de control prevista en el Art. 36 numeral 1º de la Ley Nº 9515 del 28 de octubre de 1935, cuya finalidad era precisamente la de hacer efectivo el control sobre los gastos vinculados a adquisición de inmuebles;
          2º) que con respecto a la observación relacionada con el Art. 15 de T.O.C.A.F, el Departamento de Recursos Financieros autorizó la imputación con cargo al déficit, habiéndose tomado las previsiones necesarias para mantener el equilibrio presupuestal;
          3º) lo previsto en los artículos 211°, inciso B) de la Constitución de la República y 97° del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
          4º) que el Concejo Municipal por unanimidad, entiende que corresponde reiterar el gasto y a su vez solicitar a la Sra. Intendenta de Montevideo, propiciar anuencia a la Junta Departamental de acuerdo a la observación de fecha 9 de enero de 2013 del Tribunal de Cuentas de la República;
          5º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
          EL GOBIERNO MUNICIPAL D
          RESUELVE:
          1º.- Reiterar el gasto de U$S 300.000 (trescientos mil dólares americanos), referente al llamado a Licitación Pública Nº 266219/1, para la compra de un inmueble con destino a sede del Municipio D, adjudicada a Rogelio Martinelli S.A, por Resolución Nº 85/12/0115 del 12/XII/12, por los fundamentos que se detallan en la parte expositiva de la presente resolución.-
          2º.- Solicitar a la Sra. Intendenta de Montevideo propiciar anuencia a la Junta Departamental, de acuerdo a la observación de fecha 9 de enero de 2013 del Tribunal de Cuentas de la República.-
          3º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Contaduría General y a la División Asesoría de

          Desarrollo Municipal y Participación y remítase a la Secretaría General a sus efectos.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CLAUDIO VAZQUEZ,Concejal Municipal