Resolución N° 47/13/0115
Nro de Expediente:
3270-005082-10
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/5/2013


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 4,9470 U.R al Sr. Adrián Alvaro Rodríguez Badala, C.I. 2.003.032-8., RUT Nº 21 247821 0015, propietario del establecimiento destinado a autoservicio, sito en la calle Himalaya Nº 3236 Local 2, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 15 de Mayo de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a autoservicio, sito en la calle Himalaya Nº 3236 Local 2, propiedad del Sr. Adrián Alvaro Rodríguez Badala, C.I. 2:003:032-8, RUT Nº 21 247821 0015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas y pese a los plazos concedidos, no se ha procedido a presentar la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 4,9470 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad, entiende que corresponde proceder de conformidad a lo solicitado;
        2º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 4,9470U.R (cuatro unidades reajustables con nueve mil cuatrocientas setenta diezmilésimas) al Sr. Adrián Alvaro Rodríguez Badala, C.I. 2.003.032-8., RUT Nº 21 247821 0015, propietario del establecimiento destinado a autoservicio, sito en la calle Himalaya Nº 3236 Local 2, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

RICHARD MARTINEZ,Concejal Municipal S