Resolución N° 71/12/0115
Nro de Expediente:
3330-010313-10
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/10/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 9,7164 U.R. y otra de 14,8410 U.R a la firma Alfredo Montes de Oca, R.U.T. 21 388810 0013, con domicilio a los efectos legales en la calle Norberto Ortiz Nº 4122, por falta de Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos- 1era. Reincidencia.-

Montevideo, 24 de Octubre de 2012.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a carpintería, sito en la calle Norberto Ortiz Nº 4122, propiedad de la firma Alfredo Montes de Oca, R.U.T. 21 388810 0013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada por Resolución Nº 22/11/0115 del 27/IV/11, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos- 1era. Reincidencia);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 9,7164 U.R. y otra de 14,841 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII y los Arts. 21º y 22º del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE
        1º.-Aplicar una multa de 9,7164 U.R. (nueve unidades reajustables con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de 14,8410 U.R (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas) a la firma Alfredo Montes de Oca, R.U.T. 21 388810 0013, con domicilio
        a los efectos legales en la calle Norberto Ortiz Nº 4122, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

RICHARD MARTINEZ,Concejal Municipal (S)