Resolución N° 93/25/0115
Nro de Expediente:
2024-3320-98-000068
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/6/2025


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 20 U.R. a PRADELOR S.A., RUT 21 650717 0015, propietaria del inmueble sito en la Avda José Belloni Nº 4667, empadronada con el Nº 91344, con domicilio en el Bv Artigas Nº 390 apto 702 a los efectos legales, por no regularizar instalaciones de abastecimiento y desagüe en padrón 91344, a fin de evitar filtraciones que invadan y afectan finca lindera

Montevideo, 25 de Junio de 2025.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el inmueble sito en la Avda José Belloni Nº 4667, empadronada con el Nº 91344, propiedad de PRADELOR S.A., RUT 21 650717 0015;
        RESULTANDO: 1º) que se solicitó en reiteradas oportunidades a la titular del bien a regularizar instalaciones de abastecimiento y desagüe en padrón 91344, a fin de evitar filtraciones que invadan y afectan finca lindera;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10, sugiere ante el incumplimiento de lo intimado, la aplicación de una multa de 20 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a PRADELOR S.A., RUT 21 650717 0015, propietaria del inmueble sito en la Avda José Belloni Nº 4667, empadronada con el Nº 91344, con domicilio en el Bv Artigas Nº 390 apto 702 a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase por su orden al Sector Despacho, cumplido, pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
CARLOS RODRIGUEZ,Alcalde.-

HÉCTOR VIDAL,Concejal Municipal