Resolución N° 186/15/0115
Nro de Expediente:
0015-003037-15
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/10/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Delegar las contrataciones agrupables, almacenables y gestionables, en el Ordenador establecido en el procediemiento habitual o en el que se establezca a tal fin, sin perjuicio del monto de la misma, conforme a lo establecido en el numeral 3º del artículo 12, de la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre de 2014, y el artículo 30 del TOCAF.-

Montevideo, 14 de Octubre de 2015.-
 
        VISTO: el Artículo 24, numeral IV del Decreto 33.209, de la Junta Departamental de Montevideo, por el que se establece que es atribución de los Gobiernos Municipales "Ordenar gastos e inversiones, de conformidad con lo establecido en el Presupuesto Quinquenal o en el respectivo Plan Financiero, así como las disposiciones vigentes";
        RESULTANDO: 1º) que se hace necesario delegar las contrataciones agrupables, almacenables y gestionables, en el Ordenador establecido en el procediemiento habitual o en el que se establezca a tal fin, sin perjuicio del monto de la misma;
        2º) que consultada la Abogada Asesora de este Municipio, informa que se cuenta con la aprobación de la Dirección de la Asesoría Jurídica, motivado por la conveniencia económica de la realización de las compras en forma conjunta, de acuerdo al informe que luce a fs. 1 de la Dra. Mónica Martínez y de la Divisón Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por mayoría, entiende que corresponde realizar dicha delegación;
        2º) lo establecido en el numeral 3º del artículo 12, de la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre de 2014, y el artículo 30 del TOCAF;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE
        1º.- Delegar las contrataciones agrupables, almacenables y gestionables, en el Ordenador establecido en el procediemiento habitual o en el que se establezca a tal fin, sin perjuicio del monto de la misma, conforme a lo establecido en el numeral 3º del artículo 12, de la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre de 2014, y el artículo 30 del TOCAF.-
        2º.- Comuníquese a todos los Departamentos; a las Divisiones de Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación; Asesoría Jurídica y Tecnología de la Información; a la Gerencia de Compras; y pase a la Contaduría General a sus efectos.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal