Resolución N° 38/17/0115
Nro de Expediente:
2016-3330-98-001072 / 2017-3330-98-000214
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/5/2017


Tema:
MULTA

Resumen:
Ampliar la Resolución Nº 124/16/0115, estableciendo que la cédula de identidad del Sr. Miguel Pierno Gianfagna, es 1.839.602-5, propietario del establecimiento destinado a panificadora, sito en la calle Carreras Nacionales Nº 3952, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 3 de Mayo de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a panificadora, sito en la calle Carreras Nacionales Nº 3952, propiedad del Sr. Miguel Pierno Gianfagna;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 124/16/0115 del 30/XI/2016, se aplicó una multa de 45 U.R., por falta de habilitaciones municipales;
        2º) que el Servicio Gestión de Contribuyentes solicita que en la Resolución además del número de RUT, conste la cédula de identidad del propietario;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por mayoría presta su conformidad, con el voto en contra de los Concejales Sres. Néstor Paipo y Fabricio Rodríguez;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Ampliar la Resolución Nº 124/16/0115, estableciendo que la cédula de identidad del Sr. Miguel Pierno Gianfagna, es 1.839.602-5, propietario del establecimiento destinado a panificadora, sito en la calle Carreras Nacionales Nº 3952, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11
        y demás efectos.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

FABRICIO RODRÍGUEZ,Concejal Municipal (S)