Resolución N° 108/21/0115
Nro de Expediente:
2019-3330-98-000914
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/12/2021


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 4 U.R por falta de la construcción del cerramiento perimetral del predio , al Sr.Jorge José Bensión, CI 1.026.280-4 con domicilio legal en la calle Avda República de Corea Nº 2942, propietario del Padrón Nº 73.874.-

Montevideo, 1 de Diciembre de 2021.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con la denuncia de falta de cerramiento perimetral en el predio Padrón Nº 73.874, sito en la calle Callao Nº 3422;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 en Actuación Nº 1 indica que el Servicio de Escribanía informa en Expediente Nº 2016-3330-98-001090, que el padrón pertenece al Sr. Jorge José Bensión, CI 1.026.280-4;
        2º) que el propietario fue intimado por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 a realizar la construcción del cerramiento perimetral del predio, sin que se haya cumplido con lo solicitado y ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 4 U.R., según lo que establece el Art. 3, Literal B, inciso 6 de la Sección II del Decreto Nº 21.626, del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 4 U.R (cuatro unidades reajustables) por falta de la construcción del cerramiento perimetral del predio , al Sr.Jorge José Bensión, CI 1.026.280-4 con domicilio legal en la calle Avda República de Corea Nº 2942, propietario del Padrón Nº 73.874, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

HECTOR VIDAL,Concejal Municipal