Resolución N° 18/23/0115
Nro de Expediente:
2022-3320-98-000206
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/1/2023


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 1 U.R. a los Srs. Hernán Cerillo Mesa, C.I. 3.729.706-6 con domicilio en Cno. Toledo Chico Nº 5351 y Adrián Cerillo Mesa, C.I. 3.069.535-4 con domicilio en Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3059, a los efectos legales, propietarios del padrón Nº 94428, sito en el Cno. Benito Berges Nº 3472, por falta de limpieza total y permanente del predio.-

Montevideo, 18 de Enero de 2023.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la denuncia de falta de higiene en el inmueble empadronado con el Nº 94428, sito en el Cno. Benito Berges Nº 3472;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Escribanía informa que el padrón pertenece por sucesión de Omar Cerillo, fallecido el 3 de marzo de 1987 y compraventa de fecha 28 de abril de 1977 a los Srs.: Rómulo Corrales, fallecido el 23 de julio de 2010, Hernán Cerillo Mesa, C.I. 3.729.706-6 y Adrián Cerillo Mesa, C.I. 3.069.535-4;
        2º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a la limpieza total y permanente del predio;
        3º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 informa que se sugiere la aplicación de una multa de 1 U.R., por infracción al Art. 4º Lit. b, Nral. 19, Sección III del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución Nº 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R. (una unidad reajustable) a los Srs. Hernán Cerillo Mesa, C.I. 3.729.706-6 con domicilio en Cno. Toledo Chico Nº 5351 y Adrián Cerillo Mesa, C.I. 3.069.535-4 con domicilio en Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3059, a los efectos legales, propietarios del padrón Nº 94428, sito en el Cno. Benito Berges Nº 3472, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 para la notificación a los infractores y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

HECTOR VIDAL,Concejal Municipal