Resolución N° 91/11/0115
Nro de Expediente:
3330-020326-08
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/11/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de 14,8410 U.R a la Sra. María Claudia Borel, C.I. Nº 1:813.291-4, propietaria del establecimiento destinado a autoservice de coméstibles, sito en la calle Domingo Arena Nº 5022, por falta de habilitación municipal.- Pasa al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11.-

Montevideo, 30 de Noviembre de 2011.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a autoservice de coméstibles, sito en la calle Domingo Arena Nº 5022, propiedad de la Sra. María Claudia Borel, C.I. Nº 1:813.291-4;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, informa que dado que no se ha dado cumplimiento a lo intimado, se sugiere la aplicación de una multa de 14,8410 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 14,8410 U.R (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diezmilésimas) a la Sra. María Claudia Borel, C.I. Nº 1:813.291-4, propietaria del establecimiento destinado a autoservice de coméstibles, sito en la calle Domingo Arena Nº 5022, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal