Resolución N° 68/11/0115
Nro de Expediente:
3330-016417-09 3330-014027-09
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/9/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 4,8582 U.R y otra de 7,4205 U.R. al Sr. Antonio Diz, C.I. 1.860.196-1, propietario del establecimiento destinado a taller automotriz, sito en la calle Robinson Nº 3523, por falta de habilitaciones municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos.-

Montevideo, 14 de Setiembre de 2011.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a taller automotriz, sito en la calle Robinson Nº 3523, propiedad del Sr. Antonio Diz, C.I. 1.860.196-1;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 357/10/3000 del 20/IV/10, se le aplicó dos multas de 3,2388 U.R y otra de 4,9470 U.R., por falta de las habilitaciones municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, informa que dado que no se ha dado cumplimiento a lo intimado, se sugiere la aplicación de una multa de 4,8582 U.R. y otra de 7,4205 U.R., por infracción al Art. 14, inciso A, numeral 1º y los Arts. 21º y 22º, del Decreto Nº. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 4,8582 U.R (cuatro unidades reajustables con ocho mil quinientas ochenta y dos diezmilésimas) y otra de 7,4205 U.R. (siete unidades reajustables con cuatro mil doscientas cinco diezmilésimas) al Sr. Antonio Diz, C.I. 1.860.196-1, propietario del establecimiento destinado a taller automotriz, sito en la calle Robinson Nº 3523, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CAROLINA MURPHY,Concejala Municipal